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?C¨®mo se calcula la nueva plusval¨ªa, cu¨¢ndo se pagar¨¢ m¨¢s y cu¨¢ndo se gravar¨¢ menos por una vivienda?

La reforma del modelo de c¨¢lculo de este impuesto, tras haber sido declarada inconstitucional el anterior, supone grandes variaciones en el gravamen.

La nulidad del modelo de c¨¢lculo del impuesto de la plusval¨ªa municipal, un tributo presente en 3.736 ayuntamientos, decretada por el Tribunal Constitucional ha hecho mover ficha al Gobierno, que ha reaccionado reformando esta tasa, que supondr¨¢ una gran penalizaci¨®n para las ganancias obtenidas a corto plazo. Es decir, cuanto menos tiempo pase entre la compra de un inmueble y su venta, mayor ser¨¢ el gravamen. Por ejemplo, la tributaci¨®n por la plusval¨ªa obtenida de la venta de un piso comprado en los dos ¨²ltimos a?os aumenta en un 325%, seg¨²n ha informado CincoD¨ªas, mientras que para un terreno comprado hace 6 a?os o m¨¢s este impuesto se abarata hasta en un 77%. As¨ª, el Gobierno pretende acabar con la especulaci¨®n.

Hasta la nueva reforma, el impuesto aplicaba un tipo m¨¢ximo del 30% a una base imponible resultante de la multiplicaci¨®n del valor catastral del suelo por el n¨²mero de a?os transcurridos desde su compra y un coeficiente que variaba seg¨²n dicho plazo. Este modelo de c¨¢lculo ha sido declarado inconstitucional, por lo que el Gobierno lo ha reformulado. El actual consiste en la multiplicaci¨®n del valor catastral del terreno por varios coeficientes en funci¨®n de los a?os que se ha tenido en propiedad el inmueble (desde el 0,08% hasta el 0,45%) y que ser¨¢n actualizados anualmente.

Adem¨¢s, se fija un m¨¦todo alternativo para el c¨¢lculo de la base imponible, aplicando el tipo a la plusval¨ªa real (diferencia entre precio de venta y precio de compra). Este nuevo modelo no es tan caro para el contribuyente como el anterior, al menos en la mayor¨ªa de los casos. Para saber las variaciones reales entre el modelo antiguo y el nuevo, los t¨¦cnicos del Ministerio de Hacienda han realizado simulaciones con el ejemplo de un inmueble urbano con un valor catastral del suelo de 50.000 euros.

Importante ahorro a largo plazo para el contribuyente

Si se vendiera un a?o despu¨¦s de su compra, se pagar¨ªa una cuota de 956 euros, mientras que con el anterior no se pagaba nada. El nuevo gravamen cuatriplica el del modelo anterior si el traspaso se produce menos de dos a?os despu¨¦s de la compra (de 347 euros a 1.480 en base al ejemplo). Si el inmueble se compr¨® hace m¨¢s de seis a?os, el caso es el contrario. Volviendo de nuevo al ejemplo, si ese inmueble se hubiera comprado en 2006 y se vendiera ahora, la diferencia del tributo pasar¨ªa de 4.408 euros en el modelo anterior a 1.331 en el actual, pr¨¢cticamente un 70% menos. El mayor ahorro, porcentualmente hablando, se producir¨ªa si se hubiese comprado en 2008, ya que la rebaja ser¨ªa de un 76,8%.

En conclusi¨®n, el nuevo tributo penalizar¨¢ severamente las operaciones especulativas, con compras y ventas a corto plazo, mientras que beneficiar¨¢ mantener un inmueble por un largo periodo de tiempo. Por lo tanto, como en la mayor¨ªa de casos (hasta el 67% de las ventas son inmuebles con m¨¢s de 10 a?os de propiedad) supondr¨¢ un ahorro para el contribuyente, los ayuntamientos ver¨¢n disminuidos sun ingresos. Solo el 20,3% de las ventas se realizan cinco a?os o menos despu¨¦s de adquirir el inmueble, ¨²nicos casos en los que los ayuntamientos salen beneficiados.