CORONAVIRUS
?Tengo derecho a disfrutar de las vacaciones si estoy en ERTE?
No se generar¨¢ derecho a tener d¨ªas de descanso para los afectados por un ERTE completo. Aquellos inmersos en uno parcial s¨ª tendr¨¢n los d¨ªas libres que les correspondan.
Millones de personas se han visto afectadas por un ERTE durante la pandemia. Una de las grandes preguntas que se hacen estos trabajadores, ahora que la temporada de verano ya est¨¢ aqu¨ª, es saber qu¨¦ ocurre con sus vacaciones. La respuesta es que, mientras dure el expediente, si este es completo el empleado no generar¨¢ derecho a tener d¨ªas de descanso.
Aunque si el ERTE es de reducci¨®n de jornada, los d¨ªas libres que corresponden a cada afectado permanecer¨¢n intactos. En caso de estar disfrutando de las mismas cuando se aplica el expediente, se consideran interrumpidas debido a la suspensi¨®n temporal del contrato laboral y s¨®lo contar¨¢n los d¨ªas disfrutados hasta que se haga efectiva dicha suspensi¨®n.
Si se ten¨ªan fijadas en el calendario, pero debido a la crisis sanitaria no se puede viajar, las vacaciones no se aplazan, puesto que si estaban aprobadas y la actividad de la empresa ha continuado, no hay nada que obligue al cambio del periodo vacacional.
En el caso de que no se pudieran disfrutar las vacaciones en el a?o natural correspondiente por la prolongaci¨®n del ERTE, la empresa deber¨¢ sacar temporalmente a los trabajadores del expediente para que puedan cogerlas, pag¨¢ndoles su salario habitual y cotizando por ello mientras dure el periodo vacacional.
Tampoco pagas extraordinarias
El derecho a percibir pagas extraordinarias se genera por cada d¨ªa trabajado, y el importe es proporcional al tiempo dedicado. Por ello, las pagas extras tambi¨¦n se ven afectadas por esta situaci¨®n, y mientras dure el expediente de regulaci¨®n temporal de empleo, el empleado no devengar¨¢ las mismas. En cualquier caso, para el c¨¢lculo de la prestaci¨®n del SEPE ya se tiene en cuenta la parte proporcional de las pagas extra que se haya generado antes de la apertura del expediente, por lo que est¨¢n incluidas en la cuant¨ªa a recibir. Cuando el ERTE es parcial, las pagas extra se reducen en proporci¨®n a la nueva jornada.
Pr¨®rroga hasta finales de septiembre
Trabajo y los agentes sociales llegaron a un acuerdo para extender los expedientes hasta el 30 de septiembre. Se lleg¨® a un pacto para ir reduciendo las exenciones de cuotas de la Seguridad Social a medida que los trabajadores fueran recuperando su puesto.
Adem¨¢s, tambi¨¦n se estableci¨® la prohibici¨®n de acogerse a los ERTE a las empresas que est¨¦n radicadas en para¨ªsos fiscales o que repartan dividendos, a menos que devuelvan a la Seguridad Social las cantidades que se hayan ahorrado con la exenci¨®n del pago de cuotas.
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