?Qui¨¦n puede usar el coche para acceder al entorno natural donde practica su deporte?
El CSD resuelve oficialmente una de las dudas m¨¢s comunes entre surfistas y ciclistas (entre otros colectivos) en la fase 0 del plan de desescalada.
Las ¨®rdenes ministeriales SND/380/2020, de 30 de abril y de 3 de mayo, que regulan las condiciones en las que se puede realizar actividad f¨ªsica al aire libre durante la situaci¨®n de crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus, establece que para las salidas con el fin de practicar deporte se permite circular por cualquier v¨ªa o espacio de uso p¨²blico, incluidos espacios naturales y zonas verdes autorizadas, respetando los l¨ªmites del municipio (no profesionales y federados) y de la provincia (profesionales y DAN).
Deporte no profesional
La Orden Ministerial del 30 de abril publicada en el BOE establece tambi¨¦n que para los deportistas no profesionales "no se permite el uso de veh¨ªculo motorizado o transporte p¨²blico para desplazarse con el fin de practicar actividad f¨ªsica". Y en cambio, la del 3 de mayo -para federados y profesionales- no hace referencia alguna al veh¨ªculo privado en ninguno de los sentidos.
Deporte federado y profesional
Dado que los deportes de acci¨®n, en su mayor¨ªa (exceptuando los urbanos), se practican en los mencionados espacios naturales, esta se ha convertido en una de las dudas m¨¢s frecuentes en la fase 0 del plan de desescalada entre federados y profesionales. Y las informaciones contradictorias de algunos medios, federaciones o ayuntamientos han contribuido a ello.
Para resolver la duda de manera oficial, el Consejo Superior de Deportes (CSD) ha emitido un documento de preguntas y respuetas en el que hace referencia expl¨ªcita a este aspecto: "S¨ª, se puede usar el veh¨ªculo propio espec¨ªficamente con el fin de acceder al entorno natural (r¨ªo, mar, monta?a, pantano, etc) para el desarrollo de la actividad deportiva, siempre con las limitaciones territoriales que recoge la Orden Ministerial SND/388/2020". Esto es los l¨ªmites de la provincia para ambos casos.
Actualizaci¨®n: el BOE del 9 de mayo aporta nueva informaci¨®n sobre la actividad deportiva en la fase 1. Sin embargo, si bien habla de nuevos usos del coche (para acudir a terrazas, mercadillos, establecimientos hosteleros o para visitar familiares y amigos), no menciona en ning¨²n momento novedad alguna respecto a su uso para hacer deporte. Por ello, el CSD ha elaborado otro documento de preguntas y respuetas para la fase 1 en el que se especifica que se mantienen la mayor¨ªa de l¨ªmites de la fase 0. En cuanto al uso del coche, tambi¨¦n, con la diferencia de que se puede usar para acceder a las instalaciones deportivas que abran en esta fase (siempre y cuando est¨¦n dentro de los l¨ªmites de la provincio o zona geogr¨¢fica establecida por la Comundiad Aut¨®noma).
Uso de mar, r¨ªos o embalses
Por desgracia, en otro de los casos en los que ha habido conflictos -por ejemplo la prohibici¨®n de acceder a las playas para hacer deporte en alg¨²n municipio- el documento del CSD no acaba de resolver la duda. Citamos, textualmente: "los deportistas pueden usar el mar, r¨ªos o embalses para entrenar salvo que la autoridad municipal limite el acceso por los motivos oportunos y dentro de sus competencias". Perdidos en el mar -nunca mejor dicho- de si los motivos son oportunos o tienen las competencias adecuadas, en estos pueblos donde ha habido problemas los surfistas siguen con la duda...