En qu¨¦ casos el trabajador tiene derecho a seguir teletrabajando y c¨®mo solicitarlo
Debido a la aceleraci¨®n de la vacunaci¨®n, las empresas est¨¢n valorando la vuelta a los puestos de trabajo de manera presencial. Por ello, te resolvemos todas las dudas sobre el teletrabajo.

Una de las cosas que ha provocado la pandemia del coronavirus es una mayor implantaci¨®n del teletrabajo en las empresas y la regulaci¨®n del mismo v¨ªa Real Decreto-ley. Esta norma fue usada por las empresas como medida de prevenci¨®n para cuidar de sus empleados. Pero a medida que la pandemia va llegando a su final, gracias a la vacunaci¨®n, son muchas las empresas que est¨¢n valorando la vuelta de manera presencial. Hay que tener en cuenta que el teletrabajo tiene car¨¢cter voluntario tanto para trabajador como para la empresa, por ello, ha surgido la duda legal entre los empleados sobre si existe o no el derecho a seguir teletrabajando. Por ello, te resolveremos todas las dudas sobre el teletrabajo.
?Puedo continuar teletrabajando?
Sergio Herrero, abogado laboralista de Leg¨¢litas consultado por 20 minutos, detalla que: "El car¨¢cter preferente del teletrabajo del primer estado de alarma caduc¨® el 21 de septiembre de 2021". A¨²n as¨ª, tambi¨¦n explica que el?RD 28/2020 que es vigente desde el 13 de octubre de 2020 establece "el car¨¢cter esencialmente voluntario y reversible del teletrabajo tanto para el empresario como para el trabajador".
En un principio, si la empresa solicita que volvamos a nuestro puesto de trabajo no podremos negarnos. "No es un derecho, no podemos imponer el teletrabajo a nuestra empresa", dice el experto. Por su parte, Ana Matorras, profesora de Derecho Laboral de Comillas ICADE, explica que esta opci¨®n de trabajo "nunca se ha impuesto como obligaci¨®n a la empresa", ni siquiera en el RD 8/2020 del 17 de marzo, en el que se establec¨ªan medidas urgentes contra la COVID.
Sin embargo, debido a que la pandemia sanitaria no ha llegado a su fin, a¨²n seguimos siendo personas vulnerables desde el punto de vista sanitario. Por ello, podemos invocar nuestro derecho a la vigilancia de la salud recogido en la Ley de Prevenci¨®n de Riesgos Laborales para continuar teletrabajando, ya que as¨ª lo explica el art¨ªculo 25 de esta ley, que obligar al empresario a proteger la salud de sus empleados.
Derecho a teletrabajar
Despu¨¦s de tanto tiempo sin ir de forma presencial a su puesto de trabajo, muchas personas tienen muchas inc¨®gnitas sobre la vuelta a la antigua normalidad laboral. ?Tengo derecho a seguir teletrabajando o me pueden obligar a volver a la oficina?
La legislaci¨®n laboral dice que si existen motivos justificados que impidan conciliar la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras, sobre todo para aquellos que tengan a su cargo hijos menores o personas dependientes, estas tendr¨¢n el derecho a teletrabajar. Y negar conceder el teletrabajo en esta situaci¨®n debe estar debidamente justificado por la empresa en base a ?razones objetivas?.
Este derecho a solicitar el teletrabajo est¨¢ detallado en el art. 34.8 del Estatuto de los Trabajadores entre otras posibilidades, como por ejemplo adaptar nuestra jornada o la forma de prestar el servicio.
El empleado deber¨¢ solicitar la solicitud del teletrabajo mediante la justificaci¨®n por escrito de los motivos. En caso de que este derecho no estuviera recogido en el convenio de la empresa, est¨¢ obligada a negociar con el empleado, ya sea para concederle la petici¨®n, o para ofrecer otro tipo de alternativas. En el caso de que la empresa rechace la petici¨®n, esta decisi¨®n puede ser valorada por un juez como ¨²ltimo procedimiento.