ACTUALIDAD
Teletrabajo: ?me puede obligar la empresa a volver a la oficina y cu¨¢les son las excepciones?
La mejor¨ªa de los datos de la pandemia lleva a muchas empresas a valorar la vuelta de los trabajadores a las oficinas, lo que podr¨ªa acabar con esta forma de trabajo.
El mes de marzo de 2020 fue un punto de inflexi¨®n, de forma general para toda Espa?a por la aplicaci¨®n del estado de alarma, y de forma particular para muchos trabajadores, que pasaron a desempe?ar su labor desde su domicilio habitual. Un alejamiento de las oficinas f¨ªsicas de trabajo que, con el avance de la vacunaci¨®n y la mejor¨ªa de los datos, pronto podr¨ªa llegar a su fin.
Son ya 15 meses (en los casos m¨¢s extendidos) alejados de los compa?eros de trabajo en el entorno laboral, y son ya muchas las empresas que trabajan en la vuelta de sus trabajadores en las instalaciones propias, para dejar atr¨¢s el sal¨®n de casa (o cualquier otro lugar del domicilio).
Un estudio publicado por Vodafone, junto con la consultora Ipsos, confirma el cambio frente a la situaci¨®n actual: en base a m¨¢s de 3.500 entrevistas a responsables de empresas de todo tipo de tama?o, est¨¢ el pensamiento de volver a niveles de trabajo presencial de antes de la pandemia.
?Puede la empresa obligar a volver a la oficina?
Despu¨¦s de tanto tiempo sin pisar la oficina que antes era el lugar de trabajo, muchas personas tienen la duda respecto a la vuelta a la antigua normalidad laboral. ?Tengo derecho a seguir teletrabajando o me pueden obligar a volver a la oficina?
Sergio Herrero, abogado laboralista de Leg¨¢litas consultado por 20 minutos, advierte que el "car¨¢cter preferente del teletrabajo del primer estado de alarma caduc¨® el 21 de septiembre de 2021". Igualmente, destaca que el Real Decreto-Ley 28/2020 de 22 de septiembre que entr¨® en vigor el 13 del pasado mes de octubre establece "el car¨¢cter esencialmente voluntario y reversible del teletrabajo tanto para el empresario como para el trabajador".
As¨ª, el experto explica que si la empresa solicita que volvamos a nuestro puesto de trabajo no podremos negarnos. "No es un derecho, no podemos imponer el teletrabajo a nuestra empresa". Por su parte, Ana Matorras, profesora de Derecho Laboral de Comillas ICADE, se?ala que esta opci¨®n de trabajo "nunca se ha impuesto como obligaci¨®n a la empresa", tampoco en el Real Decreto-ley 8/2020 de 17 de marzo, en el que se establec¨ªan medidas urgentes contra la COVID.
Excepciones
Pese a todo, se pueden dar situaciones en las que se podr¨ªa solicitar seguir con el teletrabajo. Es el caso de las personas vulnerables desde el punto de vista de la salud, de acuerdo con el art¨ªculo 25 de la Ley de Prevenci¨®n de Riesgos Laborales.
"El empresario garantizar¨¢ de manera espec¨ªfica la protecci¨®n de los trabajadores que, por sus propias caracter¨ªsticas personales o estado biol¨®gico conocido, incluidos aquellos que tengan reconocida la situaci¨®n de discapacidad f¨ªsica, ps¨ªquica o sensorial, sean especialmente sensibles a los riesgos derivados del trabajo. A tal fin, deber¨¢ tener en cuenta dichos aspectos en las evaluaciones de los riesgos y, en funci¨®n de ¨¦stas, adoptar¨¢ las medidas preventivas y de protecci¨®n necesarias", expresa el primer punto del citado art¨ªculo.
Otra excepci¨®n, recogida antes de la pandemia aunque sin car¨¢cter universal, es la que recoge el art¨ªculo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores. "Las personas trabajadoras tienen derecho a solicitar las adaptaciones de la duraci¨®n y distribuci¨®n de la jornada de trabajo, en la ordenaci¨®n del tiempo de trabajo y en la forma de prestaci¨®n, incluida la prestaci¨®n de su trabajo a distancia, para hacer efectivo su derecho a la conciliaci¨®n de la vida familiar y laboral. Dichas adaptaciones deber¨¢n ser razonables y proporcionadas en relaci¨®n con las necesidades de la persona trabajadora y con las necesidades organizativas o productivas de la empresa".
Finalmente, los expertos indican que este derecho a solicitar el teletrabajo se debe hacer mediante la justificaci¨®n por escrito de los motivos. En caso de que no estuviera recogido en el convenio de la empresa, est¨¢ obligada a negociar con el empleado para, o bien concederle la petici¨®n, o bien ofrecer alternativas. Igualmente, si la empresa lo rechaza, debe argumentar razones objetivas para ello.
Te recomendamos en Actualidad
- ACTUALIDAD El motivo por el que ha aumentado la recaudaci¨®n de impuestos en Espa?a
- ACTUALIDAD El Corte Ingl¨¦s anuncia otro cierre de una de sus tiendas
- CONFLICTO RUSIA - UCRANIA Importante acuerdo entre Rusia y Ucrania
- CORONAVIRUS Madrid da un paso m¨¢s para 'olvidar' la COVID-19
- ACTUALIDAD Nuevo hallazgo sobre el origen de la vida en la Tierra
- ACTUALIDAD POL?TICA Moci¨®n de censura a Boris Johnson: qu¨¦ es, cu¨¢ndo se hace y c¨®mo funciona la votaci¨®n