CORONAVIRUS

Pasaporte COVID: d¨®nde pedir para viajar y c¨®mo obtener el Certificado Digital Covid

A partir de hoy 1 de julio entra en vigor este documento que facilitar¨¢ los viajes por Europa para las personas inmunizadas o con PCR negativa.

Chema Moya

Tras m¨¢s de un a?o de pandemia, las pr¨®ximas vacaciones veraniegas se presentan m¨¢s optimistas que las anteriores gracias al buen ritmo de vacunaci¨®n que hay en Espa?a. Adem¨¢s, a partir de hoy entrar¨¢ en acci¨®n un elemento que facilitar¨¢ la movilidad por Europa: el 'Certificado Digital Covid', com¨²nmente conocido como 'pasaporte COVID'.

No obstante, con menci¨®n expresa a Irlanda, a tenor de la frontera virtual con Irlanda del Norte y la inestabilidad que se est¨¢ registrando en esa regi¨®n desde el Brexit, los pa¨ªses europeos tambi¨¦n podr¨¢n "aceptar mutuamente certificados expedidos a nacionales de terceros pa¨ªses sobre la base de la reciprocidad".

Caracter¨ªsticas del pasaporte COVID

El certificado reflejar¨¢ si su portador se ha vacunado contra la COVID-19 y que f¨¢rmaco ha recibido, si ha pasado la enfermedad o si presenta una PCR negativa realizada recientemente. As¨ª, su principal objetivo ser¨¢ "facilitar" los viajes para estas personas entre los Estados miembros de la Uni¨®n Europea, aunque el Parlamento Europeo insiste en que "no ser¨¢ un requisito para la libertad de movimiento y no ser¨¢ considerado un documento de viaje".

El documento, que ser¨¢ totalmente gratuito, estar¨¢ disponible en ingl¨¦s y en la lengua oficial del pa¨ªs que lo emita. Adem¨¢s, se podr¨¢ presentar en formato electr¨®nico, mediante un c¨®digo QR, o en papel, con un c¨®digo de barras. Eso s¨ª, el solicitante deber¨¢ pagar la prueba PCR vinculada al certificado. Las autoridades europeas trabajan para que estas pruebas sean "asequibles y accesibles" para los viajeros europeos.

Por otra parte, es importante saber que el certificado tendr¨¢ una vigencia de 12 meses, con lo que habr¨¢ que renovarlo cada a?o. Esto se debe a que a¨²n no se sabe cu¨¢nto dura la inmunidad que ofrecen las vacunas.

Siguiendo con las vacunas, los Estados miembros deber¨¢n aceptar certificados de vacunaci¨®n de personas que hayan recibido los f¨¢rmacos aprobados hasta ahora por la Agencia Europea del Medicamento (EMA): Pfizer/BioNTech, Moderna, AstraZeneca y Janssen. "Depender¨¢ de cada pa¨ªs decidir si tambi¨¦n acepta certificados de vacunaci¨®n de otros Estados miembros para vacunas autorizadas a nivel nacional o para aquellas en la lista de emergencia de la OMS", concluye el Parlamento Europeo.

C¨®mo solicitarlo

Las autoridades nacionales ser¨¢n las responsables de enviar el certificado. No obstante, para los ciudadanos europeos que vivan fuera de la UE podr¨¢n tener el certificado por parte de su pa¨ªs de origen, siempre y cuando acrediten que se han sido inoculados con una de las vacunas mencionadas. El documento ser expedido, por ejemplo, por hospitales, centros de pruebas o autoridades sanitarias. Adem¨¢s, cada organismo emisor tendr¨¢ su propia clave de firma digital y toda la informaci¨®n quedar¨¢ almacenada en una base de datos segura en cada pa¨ªs.