ERTE por COVID-19: cu¨¢nto dura y hasta cu¨¢ndo se prorroga la prestaci¨®n por fuerza mayor
Tras el acuerdo con los sindicatos y la patronal, el Gobierno extender¨¢ estos expedientes de regulaci¨®n temporal de empleo hasta el 30 de junio.
Posibilidad de despedir
Entre las medidas acordadas, destaca que las empresas deber¨¢n mantener al menos durante seis meses a los trabajadores que se hayan visto afectados por un ERTE. Si incumplen dicho compromiso, deber¨¢n reintegrar las cotizaciones sociales de las que se hubieran exonerado.
La ¨²nica posibilidad permitida por el Ministerio de Trabajo es que "no resultar¨¢ de aplicaci¨®n el compromiso de mantenimiento del empleo en aquellas empresas en las que concurra un riesgo de concurso de acreedores".
Otras limitaciones
Las compa?¨ªas que se acojan a estos expedientes por causas de fuerza mayor tendr¨¢n dos restricciones: durante este a?o, no podr¨¢n repartir dividendos a sus accionistas, salvo que tengan menos de 50 empleados; por otro lado, no podr¨¢n acceder al ERTE si tienen su domicilio fiscal radicado en un para¨ªso fiscal.
Exenciones de cuotas
Cuando se regularon los expedientes motivados por la crisis sanitaria, se estableci¨® una exoneraci¨®n de cotizaciones?para las empresas que a 29 de febrero de este a?o tuvieran m¨¢s de 50 trabajadores en alta en la Seguridad Social y del 100% para las que tuvieran menos de 50 trabajadores. Estas condiciones continuar¨¢n en mayo y junio para los ERTE por causa de fuerza mayor.