Estado de alarma: ?qu¨¦ tipos de ERTE hay y cu¨¢nto se cobra en cada caso?
El impacto de la pandemia del coronavirus en la econom¨ªa ha provocado que millones de personas se est¨¦n viendo afectadas por Expedientes de Regulaci¨®n Temporal de Empleo.
La pandemia del coronavirus ha impactado con fuerza en la econom¨ªa espa?ola y ello ha provocado que multitud de empresas hayan tenido que recurrir a Expedientes de Regulaci¨®n Temporal de Empleo (ERTE). Al cierre del mes de abril, el n¨²mero de empleados afectados por esta medida era de 3,3 millones de personas, una cifra que supone casi el 25% de los afiliados en el R¨¦gimen General de la Seguridad Social. A continuaci¨®n, detallamos los dos tipos de ERTE que pueden aplicarse:
ERTE de reducci¨®n de la jornada laboral
Como su nombre indica, este ERTE supone una reducci¨®n de la jornada laboral de los trabajadores que se encuentran en esta situaci¨®n durante un tiempo determinado. Puede aplicarse reduciendo las horas de trabajo diarias o con una disminuci¨®n en el n¨²mero de jornadas a la semana. Las personas sujetas a esta medida reciben una prestaci¨®n que cubre la jornada laboral que se ha visto reducida. Dicha prestaci¨®n es abonada por el Servicio P¨²blico de Empleo Estatal (SEPE) al 70% de la base reguladora durante los seis primeros meses y al 50% a partir del siguiente mes.
ERTE de suspensi¨®n de la actividad laboral
Esta medida supone la suspensi¨®n del contrato del trabajador durante un determinado periodo de tiempo, por lo que cesa por completo su actividad mientras el ERTE est¨¢ en vigor. No obstante, no se trata de un despido, ya que el empleado se reincorporar¨¢ a su puesto de trabajo, con las mismas condiciones que ten¨ªa anteriormente, una vez la empresa recupere su funcionamiento habitual.
El paro de los individuos que se encuentran en estas circunstancias se calcula en funci¨®n de lo cobrado en los seis meses anteriores a la aplicaci¨®n del ERTE. Estas personas cobrar¨¢n el 70% del salario durante los primeros seis meses y el 50% en el tiempo restante. Los desempleados sin hijos recibir¨¢n un m¨¢ximo de 1.100 euros, mientras que si se cuenta con un v¨¢stago la cifra es de 1.254. Si se tienen dos o m¨¢s, ¨¦sta se eleva hasta los 1.411 euros.
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