SALUD VISUAL

Por qu¨¦ Alejandro Sanz, Paz Vega o Sharon Stone no pueden anunciar gafas graduadas

La normativa al respecto es clara y proh¨ªbe expl¨ªcitamente que las marcas se sirvan de famosos en la publicidad de productos sanitarios por su notoriedad e influencia sobre el p¨²blico.

Opticalia

No deber¨ªan. No pueden. En los ¨²ltimos tiempos han aparecido varios casos de famosos que han protagonizado campa?as publicitarias para importantes marcas de gafas que, seg¨²n las autoridades pertinentes son ilicitas. Alejandro Sanz, Paz Vega o Sharon Stone han prestado sus servicios a Opticalia, Varilux y Alain Afflelou como imagen de colecciones de gafas graduadas. Y es ah¨ª donde radica el problema.

Y es que personalidades p¨²blicas como las mencionadas con anterioridad no pueden prestar su imagen en este tipo de campa?as al tratarse de un producto sanitario sujeto a una regulaci¨®n espec¨ªfica. Concretamente al Real Decreto 1591/2009, cuyo art¨ªculo 38 es claro al respecto.

"En la publicidad de los productos dirigida al p¨²blico se proh¨ªbe cualquier menci¨®n que haga referencia a una autoridad sanitaria o a recomendaciones que hayan formulado cient¨ªficos, profesionales de la salud u otras personas que puedan, debido a su notoriedad, incitar a su utilizaci¨®n. Se except¨²a de esta prohibici¨®n la publicidad promovida por las Administraciones p¨²blicas".

Adopci¨®n de medidas o sanciones

As¨ª pues, tras las quejas presentadas por la Asociaci¨®n de Usuarios de la Comunicaci¨®n (AUC) ante la Asociaci¨®n para la Autorregulaci¨®n de la Comunicaci¨®n Publicitaria (Autocontrol), ¨¦sta ¨²ltima elev¨® una consulta a la Agencia Espa?ola de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) que confirm¨® que las campa?as de estas marcas son il¨ªcitas.

Prescribir el uso de gafas graduadas y hacerlo apoy¨¢ndose en actores o cantantes cuya influencia sobre el p¨²blico es notoria, es una pr¨¢ctica prohibida. Ahora es la AEMPS la que debe trasladar caso por caso a las comunidades aut¨®nomas, al corresponderle a ellas las competencias sobre publicidad de productos sanitarios, para que hagan un an¨¢lisis y seguimientos de los casos y adopte las medidas oportunas.