Punto ?final? al 'caso Chumi'
Las denuncias por alineaci¨®n indebida tienen un plazo muy breve para su presentaci¨®n, pasado el cual se inadmiten; si ello sucede, el resultado del partido queda autom¨¢ticamente convalidado, como si la infracci¨®n no hubiera existido. Y esto es lo sucedido con el Levante¨CBarcelona de Copa. El Levante busc¨® ingeniosamente argumentos para salvar una denuncia tard¨ªa que parti¨® de la noticia de un medio de comunicaci¨®n. Sin embargo, Competici¨®n, Apelaci¨®n y TAD resolvieron en el mismo sentido: la denuncia lleg¨® tarde.
Por v¨ªa indirecta el Levante intent¨® el mismo objetivo, denunciando despu¨¦s el quebrantamiento de sanci¨®n que implicaba la participaci¨®n de Chumi, sancionado. Una infracci¨®n diferente, aparentemente no sujeta a dicho plazo, para cuyo an¨¢lisis era necesario pronunciarse previamente sobre si hubo o no alineaci¨®n indebida. Para la Jueza ¨²nica de Competici¨®n, tal y como hemos sostenido en iusport.com, hubo alineaci¨®n indebida, pero ya no cabe actuar sobre el resultado del partido o la eliminatoria, aunque los responsables de su alineaci¨®n puedan ser sancionados por esta segunda denuncia.
Javier Rodr¨ªguez Ten es profesor de legislaci¨®n deportiva de la Universidad San Jorge.