Competici車n expedienta a Chumi por quebrantamiento de sanci車n
La jueza ha acordado iniciar los tr芍mites de un procedimiento extraordinario, ya que tanto Chumi como el Barcelona podr赤an haber cometido una infracci車n de la norma deportiva general
La Jueza de Competici車n ha decidido esta tarde abrir el expediente de la denuncia del Levante al FC Barcelona por quebrantamiento de sanci車n, seg迆n ha informado la Cadena COPE. Los granotas, m芍s all芍 de la alineaci車n indebida, tambi谷n trasladaron esta argumentaci車n el pasado lunes al recurrir al Comit谷 de Apelaci車n y la ley dice que en este supuesto hay hasta un plazo de tres a?os para que prescriba la infracci車n, no como en el caso de la alineaci車n indebida que se trata de 48 horas y era lo que hac赤a que los correspondientes organismos tumbaran continuamente las alegaciones de los azulgranas.
As赤, por el momento, la Jueza est芍 de alguna manera dando la raz車n al Levante una vez decide reabrir el expediente para estudiar el caso del quebrantamiento de sanci車n. Y habr芍 que ver qu谷 resuelve en este caso ya que las sanciones son, igualmente, tanto econ車micas como deportivas. El Art赤culo 64 del C車digo Disciplinario de la Federaci車n dice en su punto 1 que "Quienes cometan quebrantamiento de sanci車n impuesta o de medidas cautelares que resulten ejecutivas, ser芍n sancionados con multa de 3.006 a 30.051 euros y con una o varias de las siguientes sanciones: P谷rdida del encuentro en los t谷rminos descritos en el art赤culo 59 del presente c車digo disciplinario". Y en el punto dos tambi谷n se?ala que el jugador se expone a \la inhabilitaci車n por tiempo de dos a cinco a?os".
El caso es que esta misma noche ya se est芍 disputando el partido de cuartos de final entre el Sevilla y el Barcelona despu谷s de que esta ma?ana el TAD haya rechazado la petici車n del Levante de suspender cautelarmente la competici車n de Copa hasta que se resolviera el caso. Por lo que, en el caso de que la Jueza termine dando la raz車n, habr赤a que ver qu谷 consecuencias deportivas traer赤a, teniendo en cuenta que los granotas ser赤an los clasificados para dicha ronda del torneo del KO.
Art赤culo 64 del C車digo Disciplinario de la Federaci車n
1. Quienes cometan quebrantamiento de sanci車n impuesta o de medidas cautelares que resulten ejecutivas, ser芍n sancionados con multa de 3.006 a 30.051 euros y con una o varias de las siguientes sanciones:
- P谷rdida del encuentro en los t谷rminos descritos en el art赤culo 59 del presente c車digo disciplinario.
- Deducci車n de tres puntos en la clasificaci車n.
- Descenso de categor赤a.
- Celebraci車n de partidos en terreno neutral.
- Clausura, total o parcial, del recinto deportivo de cuatro partidos a una temporada.
Cuando se trate de la primera vez que se comete esta clase de infracci車n, podr芍 imponerse, valorando las circunstancias concurrentes y la gravedad de los hechos, la sanci車n de clausura parcial del recinto deportivo por el mismo periodo de tiempo expresado en el p芍rrafo anterior.
- Inhabilitaci車n para ocupar cargos en la organizaci車n federativa, o suspensi車n o privaci車n de licencia, por tiempo de dos a cinco a?os.
- Privaci車n de licencia, con car芍cter definitivo; tal clase de sanci車n s車lo podr芍 imponerse de modo excepcional por la reincidencia en infracciones muy graves.
2. Cuando quienes cometan el quebrantamiento de sanci車n o de medidas cautelares que resulten ejecutivas, tengan la condici車n de directivos, ser芍n sancionados como autores de una infracci車n muy grave, adem芍s de con la imposici車n de la multa antedicha, con una de las siguientes sanciones:
- Amonestaci車n p迆blica.
- Inhabilitaci車n por tiempo de dos a cinco a?os.
3. El impago de las multas o sanciones de car芍cter econ車mico impuestas, tendr芍 la consideraci車n de quebrantamiento de sanci車n.