FIFA da a cada pa¨ªs el derecho a abrir el plazo de fichajes
Elabora un protocolo en el que se regula el nuevo escenario tras la pandemia sobre los mercados de contrataci¨®n y sus plazos, la pr¨®rroga de los contratos y las obligaciones de los intermediarios.
La Federaci¨®n Espa?ola de F¨²tbol (RFEF), y cada una de las otras 210 federaciones nacionales de la FIFA, tendr¨¢n la potestad de fijar su propia ventana de fichajes adapt¨¢ndola al final de sus respectivos campeonatos, seg¨²n la orden que ha trasmitido la organizaci¨®n. Esto supone que el pr¨®ximo per¨ªodo de contrataciones no se iniciar¨¢ necesariamente el 1 de julio, como era norma, si no que lo har¨¢ cuando lo estipule la RFEF, avalada por la FIFA. As¨ª lo confirm¨® a este peri¨®dico Emilio Garc¨ªa-Silvero, el gallego que est¨¢ al frente del departamento jur¨ªdico de la Federaci¨®n Internacional, que adem¨¢s ha sido el impulsor del protocolo a seguir en todos los clubes y ligas del mundo tras el impacto del COVID-19.
Este peri¨®dico ha tenido acceso al documento liderado por Garc¨ªa-Silvero y elaborado por el Grupo de Trabajo formado por la FIFA, sus seis confederaciones, las 211 Federaciones nacionales, la Asociaci¨®n de Clubes Europeos (ECA), la FIFPRO y el World Leagues Forum. En la gu¨ªa se establecen una serie de pautas a seguir. En lo referente a las ventanas de fichajes se establece la autonom¨ªa de cada pa¨ªs para fijar la suya propia seg¨²n la finalizaci¨®n de sus repectivos campeonatos: "El primer periodo de inscripci¨®n comenzar¨¢ tras la finalizaci¨®n de la temporada y terminar¨¢, por regla general, antes del inicio de la nueva temporada. Este periodo no deber¨¢ durar m¨¢s de doce semanas. El segundo periodo de inscripci¨®n comenzara a mediados de temporada y no deber¨¢ durar mas de cuatro semanas. Los dos periodos de inscripci¨®n de temporada deber¨¢n introducirse en el TMS, al menos con 12 meses de antelaci¨®n antes de que entren en vigor. La FIFA fijar¨¢ las fechas de ls periodos de cualquier federaci¨®n que no los comunique".
Las instrucciones a seguir sobre la finalizaci¨®n de los contratos, tambi¨¦n est¨¢n recogidas en el documento, donde se dice textualmente que:
* Si un contrato vence en la fecha de finalizaci¨®n original de la temporada, dicho vencimiento deber¨¢ prolongarse hasta la nueva fecha de finalizaci¨®n de la temporada.
* Si un contrato comienza en la fecha de inicio original de la pr¨®xima temporada, dicho comienzo deber¨¢ posponerse hasta la nueva fecha de inicio de la pr¨®xima temporada.
* En caso de que se produzca un solapamiento de temporadas o per¨ªodos de inscripci¨®n, y a menos que todas las partes acuerden otra cosa, se dar¨¢ prioridad al club anterior para completar la temporada con su equipo original, a fin de salvaguardar la integridad de las ligas nacionales, las competiciones de las FM y las competiciones continentales.
* Sin perjuicio de las enmiendas recomendadas a las fechas de los contratos, toda remuneraci¨®n pagadera por contrato antes de la fecha de inicio de un contrato deber¨¢ aplazarse hasta la nueva fecha de inicio de la pr¨®xima temporada o el primer per¨ªodo de inscripci¨®n. Los principios rectores a seguir sobre la finalizaci¨®n de los contratos ser¨¢n los siguientes:
* Se aprobar¨¢n todas las solicitudes de ampliaci¨®n de la fecha de finalizaci¨®n de la temporada actual; se aprobar¨¢n todas las solicitudes de ampliaci¨®n o enmienda de los periodos de inscripci¨®n que ya hayan comenzado, siempre y cuando su duraci¨®n no supere el l¨ªmite m¨¢ximo (es decir, 16 semanas).
* Se permitir¨¢ a las federeaciones modificar las fechas de la temporada y/o los periodos de inscripci¨®n, tanto a trav¨¦s del TMS como mediante notificaci¨®n a la FIFA fuera de este sistema.
* Como excepci¨®n al art. 6, apdo. 1 del RETJ, un profesional cuyo contratoaya vencido o se haya rescindido a consecuencia de la COVID-19 tendr¨¢ derecho a ser inscrito por una federaci¨®n fuera del periodo de inscripci¨®n, con independencia de la fecha de vencimiento o rescisi¨®n.