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Nueva reforma de las pensiones: cu¨¢nto suben, cu¨¢les son los cambios y cu¨¢ndo entra en vigor
Se ha aprobado por v¨ªa de urgencia y se espera que entre en vigor los pr¨®ximos meses; se modifica el factor de sostenibilidad y hay incentivos para jubilarse m¨¢s tarde.
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El proyecto de ley de la reforma de las pensiones se espera que sea aprobado por el Congreso de Ministros antes de finales de a?o. Se firm¨® el d¨ªa 1 de julio por el Gobierno, los sindicatos y la patronal.
Se prev¨¦n incentivos para las personas que aplacen su retiro, entre ellos un cheque de hasta 12.000 euros por a?o suplementario trabajado. En cambio, la cantidad de la pensi¨®n se ver¨¢ reducida en caso de jubilaci¨®n anticipada.
Los cambios de las pensiones
Es importante destacar que el importe de las pensiones no cambia. Lo que s¨ª se modifica es el factor de sostenibilidad, aprobado por el Gobierno del Partido Popular en el a?o 2013. A partir de ahora, se establece que el 1 de enero de cada a?o las pensiones suban seg¨²n el IPC. Si el IPC es negativo, el importe de las pensiones se congelar¨¢.
El Consejo de Ministro ha aprobado en su segunda vuelta el Proyecto de Ley de garant¨ªa del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema p¨²blico de pensiones.
Este texto, que supone la modificaci¨®n del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, recoge una parte importante de las recomendaciones aprobadas por el Pacto de Toledo el pasado oto?o que tambi¨¦n se integran en el componente 30 del Plan de Recuperaci¨®n, Transformaci¨®n y Resiliencia.
Como novedad de esta segunda vuelta, se incluye en el texto que los pensionistas de Clases Pasivas tengan la misma regulaci¨®n en este aspecto.
Medidas para favorecer la jubilaci¨®n anticipada
Se fijan cuatro v¨ªas de actuaci¨®n:
-la revisi¨®n de la jubilaci¨®n anticipada tanto voluntaria como involuntaria y por raz¨®n de la actividad
-la jubilaci¨®n demorada.
-la jubilaci¨®n activa.
-la jubilaci¨®n forzosa.
En concreto, respecto a la jubilaci¨®n anticipada voluntaria, los coeficientes pasan a ser mensuales para dar m¨¢s flexibilidad a los futuros pensionistas y fomentar el desplazamiento voluntario de la edad de acceso a la jubilaci¨®n, con un tratamiento m¨¢s favorable a las carreras de cotizaci¨®n m¨¢s largas.
En cuanto a la jubilaci¨®n anticipada involuntaria, se mejoran dos aspectos: por un lado, se establecen coeficientes mensuales, en lugar de trimestrales; y, por otro lado, en relaci¨®n con los dos a?os inmediatamente anteriores a la edad de jubilaci¨®n ordinaria, se aplican en la determinaci¨®n de la pensi¨®n de jubilaci¨®n anticipada involuntaria los mismos coeficientes que en la modalidad voluntaria en aquellos supuestos en los que el nuevo coeficiente es m¨¢s favorable que el hasta ahora vigente.
El proyecto de ley aprobado tambi¨¦n recoge que los pensionistas de Clases Pasivas tengan la misma regulaci¨®n en cuanto a los incentivos de demora.
Cu¨¢ndo entrar¨¢ en vigor
El texto ha pasado por el Consejo Econ¨®mico y Social. Se abordar¨¢ el desarrollo ¡°a lo largo de los pr¨®ximos meses". Se ha aprobado la tramitaci¨®n del anteproyecto por v¨ªa de urgencia, pero habr¨¢ que esperar.