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?Cu芍les son las profesiones con las que te puedes jubilar antes?

En Espa?a hay personas que se pueden jubilar antes que el resto porque sus trabajos son de naturaleza penosa, peligrosa, t車xica o insalubre.

En Espa?a, actualmente la edad de jubilaci車n se sit迆a en los 65 o 66 a?os, dependiendo del tiempo que se haya cotizado. Aunque tambi谷n hay personas que eligen la jubilaci車n anticipada, que tiene algunas consecuencias negativas, pero que permite dejar de trabajar a los 63 o 64 a?os, dos a?os antes que la jubilaci車n ordinaria, seg迆n indica la ley.

Sin embargo, existen algunos trabajos que permiten a las personas que los desempe?an jubilarse antes. La Seguridad Social denomina estos casos como jubilaci車n anticipada por raz車n del grupo o actividad profesional. En estas profesiones la edad legal m赤nima para jubilarse se sit迆a en los 52 a?os, aunque en este aspecto existen diferencias entre las distintas profesiones, que recoge la Seguridad Social en su p芍gina web.

Trabajadores incluidos en Estatuto Minero

Existen muchos matices dentro de la jubilaci車n de los profesionales de este sector, pero por norma general, se aplican coeficientes reductores de la edad de jubilaci車n cuando existen circunstancias de penosidad, toxicidad, peligrosidad o insalubridad en las condiciones de trabajo. Los coeficientes reductores, de entre 0,50 y 0,05, se aplican dependiendo de el puesto que se haya ocupado, y se recogen en el Real Decreto 2366/1984, de 26 de diciembre.

Personal de vuelo de trabajos a谷reos

El per赤odo de tiempo en que se reduce la edad de jubilaci車n se considera como cotizado, 迆nicamente, para determinar el porcentaje aplicable a la base reguladora, y se trata de un coeficiente reductor del 0,40 en la de piloto y segundo piloto; y del 0,30 en la de mec芍nico de aeronave, navegante operador de fotograf赤a a谷rea, operador de medios tecnol車gicos, fot車grafo a谷reo y operador de c芍mara a谷rea.

Trabajadores ferroviarios

Tambi谷n tienen coeficientes reductores que son de entre el 0,15 y el 0,10 seg迆n la profesi車n desempe?ada por el trabajador, seg迆n el Real Decreto 2621/1986, de 24 de diciembre.

Artistas

En el caso de los cantantes, bailarines y trapecistas, la jubilaci車n se puede aplicar a partir de los 60 a?os de edad, sin aplicaci車n de coeficientes reductores, con la condici車n de que hayan trabajado en la especialidad un m赤nimo de 8 a?os durante los 21 anteriores a la jubilaci車n.

Los dem芍s artistas podr芍n jubilarse a partir de los 60 a?os de edad, con una reducci車n de un 8%, en el porcentaje de la pensi車n por cada a?o que falte para cumplir la edad ordinaria exigida.

Profesionales taurinos

En este 芍mbito tambi谷n se dividen dependiendo del trabajo que hayan desempe?ado. Los matadores de toros, rejoneadores, novilleros, banderilleros, picadores y toreros c車micos se podr芍n jubilarse a los 55 a?os si acreditan estar en alta o en situaci車n asimilada a la de alta en la fecha del hecho causante y haber actuado en un determinado n迆mero de espect芍culos taurinos.

Los puntilleros a los 60 a?os, siempre que acrediten estar en alta y hayan actuado en 250 festejos en cualquier categor赤a profesional.

Los mozos de estoques y de rejones y sus ayudantes se jubilar芍n de forma ordinaria a los 65 a?os. Pero podr赤an jubilarse a partir de los 60 a?os con aplicaci車n de un coeficiente reductor de un 8% por cada a?o de anticipaci車n, si acreditan estar en alta o en situaci車n asimilada a la de alta en la fecha del hecho causante y haber actuado en 250 festejos en cualquier categor赤a profesional.

Bomberos al servicio de las administraciones y organismos p迆blicos

En este sector, los trabadores se pueden jubilar a partir de los 59 a?os con un coeficiente reductor del 0,20 seg迆n explica el Real Decreto 383/2008, de 14 de marzo.

Miembros del Cuerpo de la Ertzaintza

Los miembros del Cuerpo de la Ertzaintza y los integrantes de los colectivos que quedaron incluidos en el mismo se pueden jubilar a partir de los 59 a?os y se les aplica un coeficiente reductor del 0,20.

Polic赤as Locales

A los polic赤as se les aplica un coeficiente reductor del 0,20 y la edad para la jubilaci車n ser赤a de cinco a?os menos a la edad de jubilaci車n ordinaria, o de seis a?os si se ha cotizado 37 a?os como polic赤a local.