Fin de la mascarilla en exteriores: ?cu¨¢ndo deja de ser obligatoria al aire libre?
Desde este s¨¢bado, 26 de junio, no es obligatorio usar la mascarilla al aire libre si puede mantenerse una distancia de 1,5 con personas no convivientes.
El viernes se public¨® en el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto-ley 13/2021, de 24 de junio, que recoge, entre otras medidas, el nuevo uso de la mascarilla. Tal y como anunci¨® el presidente del Gobierno, Pedro S¨¢nchez, esta dej¨® de ser obligatoria en espacios exteriores a partir de las 00:00 este s¨¢bado 26 de junio, con lo que hoy ya podremos liberarnos de ellas en determinadas situaciones. ¡°Que dejen de ser obligatorias significa que las mascarillas dejan paso de nuevo a la sonrisa. La remisi¨®n de la pandemia, los indicadores, permiten esta flexibilizaci¨®n¡±, se?al¨® el jueves la ministra de Sanidad, Carolina Darias, al anunciar que se aprobaba esta medida.
La orden precisa que la mascarilla dejar¨¢ de ser obligatoria al aire libre cuando pueda mantenerse una distancia de 1,5 metros con personas que no sean convivientes. Tampoco ser¨¢ necesaria en espacios abiertos entre personas convivientes, independientemente de la distancia social entre ellas, seg¨²n explica Sanidad. En cualquier caso, recuerda que es recomendable llevarla siempre, aunque sea en el bolsillo, por si la necesitamos en alg¨²n momento.
? A partir del pr¨®ximo 26 de junio y, con car¨¢cter general, ya no ser¨¢ obligatorio llevar #mascarilla ?en espacios al aire libre, siempre que haya una distancia de seguridad ?? de, al menos 1,5 metros, entre personas no convivientes.
¡ª Ministerio de Sanidad (@sanidadgob) June 24, 2021
(Abrimos hilo) ??? pic.twitter.com/ITUV7ZKwgM
?Cu¨¢ndo seguir¨¢ siendo obligatorio usarla?
Asimismo, Darias destac¨® que se trata de una medida ¡°gradual y prudente¡±, con lo que esta herramienta continuar¨¢ siendo obligatoria en algunos momentos, de forma que se mantenga la precauci¨®n para frenar la expansi¨®n de la COVID-19. Concretamente, habr¨¢ que seguir llevando mascarilla en espacios cerrados de uso p¨²blico o abiertos al p¨²blico (bibliotecas, farmacias, supermercados, etc.) o en medios de transporte p¨²blicos (avi¨®n, autob¨²s o metro), as¨ª como en veh¨ªculos privados de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si sus ocupantes no conviven en el mismo domicilio.
Tambi¨¦n seguir¨¢ siendo obligatorio usarla en eventos multitudinarios, como un concierto, si el p¨²blico est¨¦ de pie y hay grandes aglomeraciones, o en los que haya gente sentada a menos de metro y medio de distancia. Si los asistentes est¨¢n sentados y respetando la distancia, no es necesario que lleven la mascarilla puesta.
Por ¨²ltimo, tambi¨¦n deber¨¢n usarla los trabajadores de las residencias de ancianos y los visitantes. Lo mismo ocurrir¨¢ en servicios esenciales, como un parque de bomberos. En cuanto a los ancianos, tendr¨¢n que llevar mascarilla puesta cuando el centro del que son usuarios tenga una cobertura de vacunaci¨®n menor al 80%. Por su parte, ¡°el uso de mascarillas en centros penitenciarios en los que haya movilidad de los internos, tanto en exteriores como en espacios cerrados, se regir¨¢ por normas espec¨ªficas establecidas por la autoridad penitenciaria competente¡±, concluye la normativa.
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