Fin de la mascarilla: ?d¨®nde habr¨¢ que seguir llev¨¢ndola y cu¨¢ndo ser¨¢ obligatoria en exteriores?
Desde este s¨¢bado 26 de junio las mascarillas no son obligatorias al aire libre, siempre que se pueda respetar la distancia de seguridad de metro y medio.
La semana pasada el presidente del Gobierno, Pedro S¨¢nchez, anunci¨® el fin de la obligatoriedad del uso de mascarilla al aire libre para el d¨ªa 26 de junio. Ese d¨ªa llega ya este fin de semana, y finalmente ya conocemos las condiciones concretas en que se pondr¨¢ en marcha esta relajaci¨®n, una de las principales medidas contra el coronavirus.
El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud acord¨® este pasado mi¨¦rcoles que dejar¨¢ de ser obligatoria a partir de dicho d¨ªa en espacios al aire libre. Eso s¨ª, habr¨¢ una serie de excepciones en casos puntuales cuando no se pueda respetar la distancia de seguridad de 1,5 metros de distancia. Por tanto, se deber¨¢ llevar una mascarilla al salir a la calle para estas excepciones. El pasado jueves el Consejo de Ministros aprob¨® una medida que est¨¢ en vigor desde esta medianoche.
Situaciones en las que ser¨¢ obligatoria
- Interiores p¨²blicos o locales abiertos al p¨²blico.
- Eventos multitudinarios en exteriores con el p¨²blico de pie, donde haya aglomeraciones o el p¨²blico est¨¦ sentado a menos de un metro y medio de distancia.
- Transporte p¨²blico.
- En residencias de ancianos, para los trabajadores y las visitas.
- En las residencias, para los residentes si la cobertura de vacunaci¨®n no llega al 80%.
- Trabajadores esenciales en lugares de trabajo con cobertura de vacunaci¨®n inferior al 80%.
"No ser¨¢ necesaria, ni obligatoria, el uso de mascarillas al aire libre siempre y cuando se respete la distancia interpersonal, pero s¨ª ser¨¢ obligatoria si hay aglomeraciones", dijo en rueda de prensa Carolina Darias tras el Conejo de Ministros.
La mascarilla siempre con nosotros
De esta forma, cuando no se pueda garantizar la distancia de seguridad con otras personas no convivientes ser¨¢ necesario echar mano al bolsillo para coger la mascarilla. Esta propuesta se basa en un informe de la Ponencia de Alertas. Se derogar¨ªa as¨ª el art¨ªculo 6 de la Ley 2/2021 de 29 de marzo, que establece el uso obligatorio de mascarillas en interiores y exteriores, con independencia de la distancia.
"Cuando las personas se encuentren fuera de su domicilio, deber¨¢n disponer en todo momento de una mascarilla para uso personal por si as¨ª fuera requerido o en previsi¨®n de aglomeraciones o necesidad sobrevenida en espacios interiores o en transporte p¨²blico", se?ala el texto. Asimismo, tambi¨¦n ser¨¢ obligatoria en eventos multitudinarios cuando se est¨¦ de pie. Ser¨¢, por tanto, responsabilidad de cada uno el ponerse la mascarilla en el momento que sea preciso.
Adem¨¢s de al exterior cuando haya distancia de seguridad, la obligatoriedad de la mascarilla desparece para los usuarios de residencias cuando un 80% de los residentes de un centro est¨¦n vacunados y en las cubiertas de los barcos cuando haya m¨¢s de un metro y medio de distancia.
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