La Comunidad de Madrid anuncia nuevas limitaciones de movilidad
Un nuevo Decreto firmado por la presidenta Isabel D¨ªaz Ayuso establece la vigencia del toque de queda en la comunidad y limitaciones en las reuniones.
La aplicaci¨®n del estado de alarma en Espa?a desde la tarde el domingo supone nuevas medidas restrictivas para tratar de frenar la pandemia, de la que este fin de semana se han registrado m¨¢s de 52.000 casos positivos. A partir de ah¨ª, las comunidades aut¨®nomas pueden establecer otras medidas con el fin de contener el virus.
A este respecto, la Comunidad de Madrid ha anunciado en el d¨ªa de hoy un decreto con el que "adecuar las medidas auton¨®micas contra la COVID-19 al Estado de Alarma". Unas medidas que entrar¨¢n en vigor este mismo lunes tras su publicaci¨®n en el Bolet¨ªn Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).
En el texto que firma la presidenta Isabel D¨ªaz Ayuso se recogen medidas de "restricciones de movilidad en horario nocturno, a las de movimiento en las zonas b¨¢sicas de salud o a la limitaci¨®n de participaci¨®n en grupos de personas para realizar actividades sociales o familiares, tanto en lugares p¨²blicos como privados".
Toque de queda a las 0:00 y vigencia de las zonas b¨¢sicas de salud
El toque de queda decretado por el Ejecutivo central establec¨ªa que ser¨ªa de 23:00 a 6:00 de la madrugada, aunque las comunidades pod¨ªan adecuarlo una hora antes o despu¨¦s. En el caso de la comunidad madrile?a, ser¨¢ de 0:00 a 6:00 de la madrugada.
Asimismo, se mantienen vigentes las zonas b¨¢sicas de salud como unidad para seguir con la estrategia de contenci¨®n del virus. De este forma, las medidas siguen presentes en las 32 b¨¢sicas de salud informadas durante la semana pasada. As¨ª, no se podr¨¢ salir de los municipios o barrios con restricciones salvo por motivos laborales, m¨¦dicos, accesos, a centros educativos, regresar a la zona residencial; asistencia a personas mayores, menores o dependientes; acceso a entidades bancarias o de seguros, legales o administrativas; acudir a ex¨¢menes o cualquier otra necesidad prioritaria, urgente o de fuerza mayor.
Las reuniones, adem¨¢s, tendr¨¢n un m¨¢ximo de seis personas, tanto en espacios abiertos y cerrados como p¨²blicos o privados, salvo en el caso de tratarse de convivientes.
Tal y como ocurr¨ªa previamente al estado de alarma, se permite la circulaci¨®n de personas residentes en las zonas afectadas, aunque se desaconsejan "los desplazamientos y realizaci¨®n de actividades no imprescindibles".
Festividad de los santos
De cara al pr¨®ximo puente de los santos, se permitir¨¢ la circulaci¨®n a cementerios y lugares de enterramiento "que se encuentren comprendidos en los referidos ¨¢mbitos territoriales siempre que se respeten las medidas de protecci¨®n individual y colectiva". Por su parte, la asistencia a lugares de culto no superar¨¢ el 50% del aforo (salvo en casos con medidas espec¨ªficas, que ser¨¢ menor).
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