Cines, teatros y conciertos en fase 3: aforo, grupos de personas y condiciones
La fase 3 conlleva una relajaci¨®n en el confinamiento. Se podr¨¢ acudir a cines, teatros y conciertos, al 50% de su aforo y con las butacas preasignadas.
La Gomera, El Hierro, La Graciosa y Formentera ser¨¢n las primeras provincias espa?olas en estrenarse en la fase 3. Desde ma?ana las cuatro islas seguir¨¢n avanzando en la desescalada en una nueva fase donde el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE) anunci¨® ayer varias de las medidas hacia la nueva normalidad. Estas tambi¨¦n afectan a los espect¨¢culos como cines, teatros y conciertos, donde con limitaciones, se van relajando las medidas para poder volver a disfrutarlos.
Seg¨²n refleja el BOE, en la fase 3 los museos, espect¨¢culos culturales y bibliotecas abrir¨¢n con un aforo m¨¢ximo del 50% y deber¨¢n tener las butacas preasignadas: "Todos los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares de espect¨¢culos podr¨¢n desarrollar su actividad en los t¨¦rminos previstos en la presente orden, siempre que cuenten con butacas pre-asignadas y no superen la mitad del aforo autorizado en cada sala".
Espect¨¢culos culturales de hasta 80 personas
El siguiente punto del BOE, en el que se hace referencia a los conciertos, tambi¨¦n refleja que "en el caso de locales y establecimientos distintos de los previstos en los apartados anteriores, destinados a actos y espect¨¢culos culturales, la reanudaci¨®n de la actividad se sujetar¨¢ a los siguientes requisitos: Si se celebra en lugares cerrados, no podr¨¢ superarse el cincuenta por ciento del aforo autorizado, ni reunir m¨¢s de ochenta personas. Trat¨¢ndose de actividades al aire libre, el p¨²blico deber¨¢ permanecer sentado, guardando la distancia necesaria y no podr¨¢ superarse el cincuenta por ciento del aforo autorizado, ni reunir m¨¢s de ochocientas personas".
Vuelta a los museos
El BOE tambi¨¦n precisa que "los museos, de cualquier titularidad y gesti¨®n, podr¨¢n acoger tanto las visitas del p¨²blico a la colecci¨®n y a las exposiciones temporales, como la realizaci¨®n de actividades culturales o did¨¢cticas. Se reducir¨¢ al cincuenta por ciento el aforo permitido para cada una de sus salas y espacios p¨²blicos. En lo que respecta a las actividades culturales, en aquellos eventos que impliquen concurrencia de varias personas en un mismo espacio, tales como actividades educativas, conferencias, talleres, conciertos y, en general, programas p¨²blicos, se limitar¨¢ la asistencia al n¨²mero de personas que permita mantener la distancia de seguridad interpersonal de dos metros".
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