?Qu¨¦ condiciones tienen que darse para retroceder de fase?
El Gobierno ha regulado en el proceso de cogobernanza con las Comunidades Aut¨®nomas y las ciudades de Ceuta y Melilla el procedimiento para cambiar de etapa.
Transici¨®n hacia una nueva normalidad. As¨ª ha definido el Gobierno el plan iniciado para la desescalada del confinamiento. Tendr¨¢ cuatro fases, que durar¨¢n un m¨ªnimo de dos semanas, y el proceso para superar una etapa se definir¨¢ mediante una serie de marcadores, pero tambi¨¦n pueden darse retrocesos si el territorio no cumple una serie de objetivos.
La Orden publicada en el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE) establece que la decisi¨®n sobre el avance o retroceso de los diferentes territorios a las distintas fases ser¨¢ un proceso flexible, de permanente di¨¢logo y que se aplicar¨¢ bajo los principios de absoluta colaboraci¨®n y cooperaci¨®n entre el Ministerio de Sanidad y las Comunidades Aut¨®nomas.
"La decisi¨®n sobre el avance o retroceso en los diferentes territorios a trav¨¦s de las distintas fases corresponder¨¢ al Ministro de Sanidad mediante un proceso de gobernanza conjunta o cogobernanza con las comunidades y ciudades aut¨®nomas, en el que ambas instituciones actuar¨¢n en permanente di¨¢logo bajo los principios de cooperaci¨®n y colaboraci¨®n. Las decisiones finales se tomar¨¢n a partir de la evaluaci¨®n conjunta del panel de indicadores previsto en el Plan y considerando todos los factores que pueden influir sobre la evoluci¨®n de la epidemia", reza el texto difundido en el BOE.
Contenido de las solicitudes
Las peticiones deben contener un an¨¢lisis sobre la fase en la que est¨¢ el territorio en ese momento, la fase a la que se propone transitar, la descripci¨®n de las medidas a adoptar y las fechas propuestas para su entrada en vigor.
Adem¨¢s, tambi¨¦n tendr¨¢ que incluir un estudio de las capacidades estrat¨¦gicas disponibles en el sistema sanitario, la evoluci¨®n epidemiol¨®gica esperada en el territorio y los mecanismos definidos para reducir el riesgo de transmisi¨®n en la poblaci¨®n.