SENTENCIA A FAVOR
La Audiencia desestima la demanda de Florentino contra AS, Rela?o y Gay de Li¨¦bana
El ponente de la Audiencia Provincial ha anulado la sentencia emitida en primera instancia por el juez al entender que no existe intromisi¨®n ileg¨ªtima contra el honor.
La Secci¨®n vigesimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado ¨ªntegramente la demanda interpuesta por Florentino P¨¦rez y ACS contra Diario AS, su director Alfredo Rela?o y el economista Jos¨¦ Mar¨ªa Gay de Li¨¦bana por intromisi¨®n ileg¨ªtima contra el honor. En la sentencia, fechada el pasado 19 de diciembre, el ponente del Tribunal, don Jos¨¦ Ignacio Zarzuelo, anula la sentencia emitida en primera instancia por el Juez Francisco Serrano Arnal, que daba la raz¨®n a los demandantes, y concluye ¡°la ausencia total de expresiones injuriosas, difamantes o vejatorias en el contenido de lo publicado¡±, condenando a Florentino P¨¦rez y ACS al pago de las costas del litigio.
Florentino P¨¦rez y ACS presentaron una demanda a ra¨ªz de una entrevista publicada por AS con el economista Gay de Li¨¦bana el 25 y 26 de septiembre de 2014 en la que ¨¦ste realizaba un an¨¢lisis exhaustivo de las cuentas del Real Madrid. En la misma, daba su opini¨®n sobre algunas de las ¨²ltimas contrataciones del equipo blanco: ¡°Se fich¨® a James y a ACS se le asign¨® una gran obra por la que va a facturar 696 millones de euros (¡). Luego tenemos el tema de Chicharito. El d¨ªa que se anunci¨® conocimos la maqueta del nuevo aeropuerto de M¨¦xico DF: 9.000 millones de d¨®lares que buscan constructora (¡). Y tambi¨¦n se habla de que en Costa Rica se van a abordar unos grandes proyectos (¡) de obra p¨²blica, y Keylor Navas est¨¢ en la porter¨ªa del Madrid¡±. Sobre esta relaci¨®n de hechos ya hab¨ªan aparecido informaciones en diferentes medios de informaci¨®n en fechas anteriores a la entrevista.
Florentino P¨¦rez y ACS incluyeron en la demanda a Gay de Li¨¦bana al Diario AS y a su director Alfredo Rela?o, en este ¨²ltimo caso por un art¨ªculo suyo escrito el 23 de septiembre de 2014, titulado ¡°Keylor Navas entra por Iker Casillas¡±, en el que hac¨ªa el siguiente razonamiento: ¡°Keylor Navas es un portero formidable, m¨¢s all¨¢ de las contratas o no contratas que pueda ofrecer su pa¨ªs de origen, tema tan en boga ahora¡±.
La Audiencia Provincial, ahora, en una extensa sentencia de 20 folios, se muestra contundente con respecto a la sentencia anterior del juez Francisco Serrano Arnal que daba la raz¨®n a los demandantes: ¡°La insuficiente fundamentaci¨®n jur¨ªdica (¡) parece asumir sin m¨¢s el relato de la demanda sin hacer referencia a prueba alguna que conduzca a alcanzar la conclusi¨®n de que se ha vulnerado el derecho al honor (¡)¡±. Y es m¨¢s contundente a¨²n a la hora de negar que lo publicado haya supuesto una intromisi¨®n en el derecho al honor de Florentino P¨¦rez: ¡°Nos encontrar¨ªamos ante un panorama en el que el derecho al honor de Florentino P¨¦rez debiera ser no s¨®lo superior al del com¨²n de los mortales, inmune a la m¨¢s leve cr¨ªtica, sino extraordinariamente reforzado en relaci¨®n con el de cualquier personaje de relevancia p¨²blica¡±.
En cuanto a la demanda desestimada contra el director de AS, Alfredo Rela?o, el Tribunal de la Audiencia Provincial sentencia: ¡°En relaci¨®n al mencionado art¨ªculo (¡) se encuentra particularmente desafortunada la demanda en tanto que (¡) nos encontramos ante un contenido que analiza simplemente en el ¨¢mbito deportivo la conveniencia de la sustituci¨®n de un guardameta por otro, utilizando adem¨¢s t¨¦rminos elogiosos sobre las cualidades de Keylor Navas (¡)¡±.
Sobre la demanda desestimada contra el economista Gay de Li¨¦bana, la sentencia de la Audiencia Provincial concluye: ¡°En modo alguno cabe extraer que se est¨¦ achacando cualquier tipo de ilicitud en la contrataci¨®n de obra p¨²blica, trat¨¢ndose m¨¢s bien en el marco de un extenso an¨¢lisis econ¨®mico y contable del club (¡)¡±.
La sentencia obliga a Florentino P¨¦rez y a ACS a pagar las costas del juicio en primera instancia y desestima ¨ªntegramente su demanda. Contra esta sentencia cabe recurso extraordinario de casaci¨®n.