Berasategui: el TAD no admite su recurso a la exclusi車n electoral
El Tribunal juzga que su petici車n lleg車 a las 22:00 horas cuando el plazo reglamentario terminaba a las 18:00 y no le reconoce como candidato.
El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) ha desestimado este viernes el recurso presentado por Alberto Berasategui contra el acuerdo de la Junta Electoral de la Real Federaci車n Espa?ola de Tenis (RFET) al no aceptar su candidatura a la presidencia del ente federativo por estar "fuera de plazo" y no reunir los avales suficientes.
La RFET proclam車 el pasado 21 de junio tres candidatos a la presidencia: Miguel D赤az, Javier Soler y Juan Ignacio Soler-Cabot, pero no admiti車 al exjugador, cuya documentaci車n fue presentada "fuera de plazo" al ser enviada sobre las 22 horas, cuando el tope estaba fijado a las 18 horas si el env赤o era a trav谷s de correo electr車nico.
No conforme con la decisi車n de la RFET, Berasategui impugn車 la decisi車n un d赤a despu谷s alegando que el calendario electoral establec赤a el d赤a 21 como m芍ximo "sin hacer menci車n a ninguna hora espec赤fica", lo que le dio a entender que pod赤a enviar la documentaci車n requerida hasta las 23:59 horas.
El TAD comienza su resoluci車n afirmando que de los tres candidatos inscritos, Soler-Cabot "no tiene objeci車n alguna a que exista otro candidato", mientras que los otros dos "se oponen por las razones que ampliamente detallan a su admisi車n y a su estimaci車n".
Adem芍s, el TAD responde, en relaci車n a la petici車n horaria de la defensa de Berasategui, que la "Junta Electoral federativa est芍 habilitada para establecer un horario determinado para la presentaci車n de candidaturas a presidente, adem芍s de asegurar que el horario era "conocido" tambi谷n por el recurrente "con anticipaci車n y sin protesta".
Por otro lado, el TAD se?ala que 5 de los 28 avales entregados por la candidatura de Berasategui "no vienen firmados por los supuestos avalistas, por lo que tampoco cumplir赤a -en todo caso- los requisitos indispensables ni los avales m赤nimos para presentar su candidatura".
De esta forma, el TAD desestima el recurSo de Berasategui en una resoluci車n "definitiva en v赤a administrativa. A迆n as赤, el extenista dispone de dos meses "desde su notificaci車n" para interponer un recurso contencioso-administrativo.