Lo que debes saber para empezar a cazar
Lo primero ser¨¢ armarnos de paciencia porque, tranquilidad, todo llega.
Para todos los que quieran debutar como cazadores y no tienen muy claros los pasos que dar, hoy quiero enfocar este blog al cazador incipiente, con el fin de que toda la marabunta de tr¨¢mites burocr¨¢ticos en los que se vea inmerso no le haga caer en la m¨¢s absoluta desesperanza. Intentar¨¦ dar las pautas a seguir para ahorrar tiempo y dinero (que est¨¢ muy mal la cosa) en este embrollado reto.
Lo primero ser¨¢ armarnos de paciencia porque, tranquilidad, todo llega.
?Por d¨®nde empezamos? Pues por el principio (la casa no se puede empezar por el tejado).
LICENCIA DE ARMAS
Tanto si queremos obtener licencia de armas tipo D, rifle, o la licencia de armas tipo E, en ambos casos, deberemos someternos a las mismas pruebas de capacitaci¨®n, que son determinadas por el Ministerio del Interior. Se trata de superar dos pruebas o ex¨¢menes, uno te¨®rico y otro pr¨¢ctico.
La prueba te¨®rica se trata de un test de 20 preguntas que debemos contestar en 20 minutos sobre el conocimiento de las armas y el Reglamento de Armas. Para aprobar dicha prueba, solo podremos tener 4 fallos. Podemos descargarnos el temario oficial de la siguiente web de la Guardia Civil.
Para poder realizar la prueba pr¨¢ctica ser¨¢ necesario haber aprobado la te¨®rica, para lo cual dispondremos de seis meses desde la superaci¨®n del examen te¨®rico.
En ese caso, la prueba pr¨¢ctica la podremos desarrollar con un arma que facilite la Intervenci¨®n de Armas y Explosivos de la Guardia Civil en el centro de formaci¨®n o con la de alg¨²n familiar o amigo, siempre que est¨¦ presente el d¨ªa del examen.
Para dicha prueba se nos exige cargar correctamente el arma, apuntar y disparar cinco tiros a una diana de 50 cent¨ªmetros de di¨¢metro situada a 25 metros de la l¨ªnea de tiro. Para superarla, deberemos obtener al menos un plomeo suficiente. Ah, y lo m¨¢s importante, ?mucho cuidado con el manejo del arma! La boca de fuego del arma, descargada o no, nunca debe dirigirse hacia personas y siempre hacia lugares que no impliquen el m¨ªnimo riesgo. Y no olvidarse de recoger las vainas durante la prueba pr¨¢ctica. ?Cuidao! Lo contrario podr¨ªa significar un suspenso.
Las tasas correspondientes para realizar dichas pruebas son: 92.24 €. Adem¨¢s, para la expedici¨®n de ambas licencias: 15,57 € en el caso de la licencia E y 11,45 € para la D. Por supuesto, el psicot¨¦cnico hay que presentarlo dentro del periodo de validez: alrededor de 50 €.
EL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
El seguro del cazador cubre nuestra posible responsabilidad civil. La ley establece la obligaci¨®n de todo cazador de contratar un seguro que cubra la obligaci¨®n de indemnizar los da?os causados a las personas con ocasi¨®n del ejercicio de la actividad cineg¨¦tica.
En la actualidad, el l¨ªmite legal de indemnizaci¨®n por responsabilidad civil obligatoria es de 90.151,82 € por v¨ªctima en caso de un siniestro de caza.
Por ello, y atendiendo a la legislaci¨®n vigente, todo seguro de caza deber¨¢ contemplar obligatoriamente los siguientes aspectos en su ¨¢mbito de cobertura:
A) Los da?os ocasionados por un disparo involuntario del arma.
B) Los da?os ocasionados en tiempo de descanso dentro de los l¨ªmites de caza en tanto se est¨¦ practicando el ejercicio de la misma.
Evidentemente, el seguro del cazador tiene un coste, aunque nada comparable con los de autom¨®viles o motocicletas (un respiro). Son varias y variadas las compa?¨ªas que ofertan este tipo de seguros, por lo que lo recomendable es estudiar con detenimiento cada una de las coberturas y condiciones que nos ofrecen y compararlas con el resto.
?Su precio? Pues depende de las coberturas que contratemos, pero estar¨¢ alrededor de 20 € anuales.
LA LICENCIA DE CAZA
La licencia de caza es el permiso que nos autorizar¨¢ a practicar la caza en una o varias comunidades aut¨®nomas. Se solicita y tramita a trav¨¦s de la delegaci¨®n o de los servicios perif¨¦ricos de la Consejer¨ªa de Medio Ambiente de la regi¨®n en cuesti¨®n.
Para su obtenci¨®n necesitamos aportar el justificante de pago del seguro de responsabilidad civil obligatorio que hayamos contratado, adem¨¢s del DNI. A su vez, deberemos abonar previamente la correspondiente tasa.
Varias comunidades aut¨®nomas, concretamente Galicia, Asturias, Comunidad Valenciana, Arag¨®n, Extremadura, Castilla y Le¨®n, y Madrid, firmaron un convenio de colaboraci¨®n que permite a los cazadores practicar la actividad cineg¨¦tica en estas siete regiones con un ¨²nico documento, la licencia interauton¨®mica.
Eso s¨ª, ser¨¢ necesario que superemos el examen del cazador. Sin embargo, todos aquellos que hayan obtenido una licencia de cualquiera de estas siete comunidades antes del 14 de octubre de 2015 o puedan aportar los datos necesarios para justificar una licencia previa a esa fecha no deber¨¢n realizar dicho examen. El coste de la licencia interauton¨®mica es de 100 € (seguimos sumando).
Si tenemos que superar el examen del cazador, deberemos ponernos en contacto con la delegaci¨®n de la Consejer¨ªa de Medio Ambiente competente al objeto de que nos haga entrega del temario y nos indique las fechas de realizaci¨®n tanto del curso como de la prueba.
No obstante, sigue vigente la modalidad de caza para cazadores que deseen practicar la actividad en una sola comunidad, cuya expedici¨®n se tramitar¨¢ igualmente ante la delegaci¨®n o los servicios perif¨¦ricos de la Consejer¨ªa de Medio Ambiente competente. El precio var¨ªa dependiendo de cada comunidad. En Castilla-La Mancha, 60 € y en Madrid, por poner otro ejemplo, 40 €.
De todas formas y si todo esto te resulta muy complicado, existen empresas que te pueden hacer todas las gestiones con un coste bastante asequible.
No he sumado el total ¡ªsoy de letras¡ª, pero ahora viene la parte de adquirir un arma y d¨®nde cazar, puntos que dejar¨¦ para posteriores entregas, puesto que da para mucho.
?Salud y buena caza!