La desescalada en la caza
El gobierno permite, desde el pasado lunes 18, la caza y la pesca en aquellos territorios que se encuentran en la fase 1 de desescaladada.
"Queda permitida la pr¨¢ctica de la pesca deportiva y recreativa y la actividad cineg¨¦tica en todas sus modalidades siempre que se respete la distancia de seguridad y las medidas de higiene y prevenci¨®n fijadas por las autoridades sanitarias", seg¨²n recoge la Orden del Ministerio de Sanidad en el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE).
El gobierno permite, desde el pasado lunes 18, la caza y la pesca en aquellos territorios que se encuentran en la fase 1 de desescaladada. As¨ª lo anunci¨® el pasado s¨¢bado el ministro del Sanidad, Salvador Illa, en la comparecencia donde inform¨® que esta actividad dejaba de permitirse a partir de la fase 2.
Pero ?C¨®mo debemos hacerlo? La Federaci¨®n Extreme?a de Caza, FEDEXCAZA, ha lanzado una campa?a en sus medios sociales, donde quedan resueltas todas las dudas que nos puedan surgir a todo el colectivo cazador.
Condiciones para el desarrollo de la actividad cineg¨¦tica y la pesca deportiva y recreativa en la fase 1
Queda permitida la actividad cineg¨¦tica en todas sus modalidades siempre que se respete la distancia de seguridad y las medidas de higiene y prevenci¨®n fijadas por las autoridades sanitarias.
Para el desarrollo de la actividad cineg¨¦tica organizada que implique a m¨¢s de un cazador, se deber¨¢ disponer de un plan de actuaci¨®n por parte del responsable en el que se detallen las medidas de prevenci¨®n e higiene a observar.
Durante el desarrollo de las actividades cineg¨¦ticas y de pesca deportiva y recreativa previstas en este cap¨ªtulo se seguir¨¢n las medidas generales de prevenci¨®n e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias y en particular:
a) Cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad establecida ser¨¢ obligatorio el uso de mascarilla.
b) No se compartir¨¢n utensilios de caza o pesca, ni utillaje de comida o bebida.
c) Se deber¨¢ limpiar y desinfectar el vestuario despu¨¦s de su uso de acuerdo con lo previsto en el art¨ªculo 6.
d) Se deber¨¢n limpiar y desinfectar los utensilios de caza y pesca utilizados.?
Pero, ?qu¨¦ se puede cazar ahora?
Se podr¨¢n cazar las modalidades que est¨¦n autorizadas en este periodo.
La caza por da?os que se autoriz¨® de forma excepcional durante el estado de alarma, ?se mantiene?
Las autorizaciones por da?os autorizadas en el estado de alarma siguen en vigor hasta que finalice el estado de alarma. Adem¨¢s, desde el momento en el que entre en vigor la OGV se podr¨¢ solicitar la caza por da?os de manera ordinaria.
Desplazamientos para actividades cineg¨¦ticas
?Puedo salir de mi municipio? Si ?Puedo salir de mi provincia? No ?Puedo desplazarme en mi veh¨ªculo? S¨ª, y si vas acompa?ado con las limitaciones establecidas.
?Puedo salir a campear mis perros como parte del entrenamiento?
Si las sociedades locales de cazadores quieren abrir sus campos de adiestramiento de perros, pueden hacerlo cumpliendo todas las medidas sanitarias y mediante cita previa.
Por ¨²ltimo, la Orden del Ministerio de Sanidad obliga a limpiar y desinfectar el vestuario despu¨¦s de su uso, al igual que los utensilios utilizados.
Estas actividades est¨¢n permitidas para toda Espa?a excepto para la Comunidad de Madrid, Barcelona y su ¨¢rea metropolitana y algunas zonas de Castilla y Le¨®n, pues a¨²n permanecen en la fase 0.
?Es hora de disfrutar del campo!