Aceptar por fuerza un muro de cookies no es consentimiento seg迆n la UE
Tampoco lo es hacer scroll por una p芍gina web. El Comit谷 Europeo de Protecci車n de Datos actualiza las directrices sobre el consentimiento.
Llevamos viendo esto d谷cadas: Quieres acceder a una web y te encuentras con el llamado &muro de cookies*, una ventana que bloquea el contenido y te impide acceder a 谷l hasta que no marques &Aceptar* o &Ok*, en un gesto que significa que das tu consentimiento en base a los requisitos que la web te pide.
Pues esto, seg迆n el Comit谷 Europeo de Protecci車n de Datos, no significa dar tu consentimiento, sino m芍s bien que te obliguen a hacerlo. Y eso va en contra del RGPD, el Reglamento General de Protecci車n de Datos.
El Muro de Cookies
El CEPD ha publicado una nueva gu赤a sobre el consentimiento online que actualiza las directrices sobre el consentimiento, buscando aportar claridad a la confusi車n que se genera sobre este concepto. El Art赤culo 4 (11) del RGDP establece que como tal "toda manifestaci車n de voluntad libre, espec赤fica, informada e inequ赤voca por la que el interesado acepta, ya sea mediante una declaraci車n o una clara acci車n afirmativa, el tratamiento de datos personales que le conciernen§.
Y cuando nos obligan a aceptar algo, no es precisamente un acto de &voluntad libre*. ??La gu赤a remarca que el reglamento europeo "prescribe que si el interesado no tiene una elecci車n real, se siente obligado a consentir o sufrir芍 consecuencias negativas si no lo consiente, entonces el consentimiento no ser芍 v芍lido". Entre los ejemplos que cita de pr芍cticas contrarias al RGPD tenemos:
- La solicitud de permisos por parte de una aplicaci車n para el uso de elementos del tel谷fono m車vil que en realidad no se necesitan para su uso (como el acceso al GPS o al comportamiento 'online' del usuario en una 'app' de edici車n de v赤deo)
- La aceptaci車n de 'cookies' para acceder a un servicio
- Hacer 'scroll' (moverse arriba o abajo) en una p芍gina como sin車nimo de aceptaci車n
Acceso condicionado
Sobre lo comentado en la aceptaci車n de las cookies, las nuevas directrices establecen que ※para que el consentimiento se otorgue libremente, el acceso a los servicios no debe condicionarse al consentimiento del usuario para almacenar informaci車n, o acceder a informaci車n ya almacenada, en el equipo terminal del usuario".
Los controladores deben dise?ar mecanismos de consentimiento que sean claros para los interesados", que no sean ambiguos y que "aseguren que la acci車n por la que se da el consentimiento pueda distinguirse de otras acciones". El Comit谷 deja claro que hacer 'scroll' o desplazarse por una p芍gina web o una actividad similar del usuario "no no satisfar芍 bajo ninguna circunstancia el requisito de una acci車n clara y afirmativa".?
La duda ahora es, ?cambiar芍n las webs estas pr芍cticas ya consideraras abusivas por la UE?