POR DEJAR EL GRUPO
Sancionan a un restaurante por amenazar por WhatsApp a un cliente
El usuario hab¨ªa sido metido a la fuerza en un grupo y le amenazaron con cancelar la reserva si se iba.
Las cenas de Navidad en la empresa suelen ser voluminosas, ca¨®ticas en la reserva y m¨¢s ca¨®ticas a¨²n a la hora de confirmar quienes van y quienes no. Aplicaciones como WhatsApp suelen servir para organizar encuentros con mucha gente gracias a su funci¨®n de grupos, ya que as¨ª est¨¢ todo el mundo localizado en un sitio. Pero lo que hizo el a?o pasado el restaurante Moli D¡¯en Sopa es b¨¢sicamente un mal uso de WhatsApp y una mala praxis inaceptable y que no nos gustar¨ªa que nos pasara a ninguno de nosotros.
Coacci¨®n a un usuario
Imaginad que estamos a inicios de diciembre. Toca organizar la cena de la empresa y el sitio ya ha sido elegido. El due?o del restaurante decide crear un grupo de WhatsApp para tener a todos los asistentes localizados. Uno de ellos, ejerciendo su derecho, decide salir del grupo ya que el due?o los ha metido a todos sin haberles preguntado antes (y no hay nada que cabree m¨¢s que el que te metan en un grupo de WhatsApp sin tu consentimiento). ?Qu¨¦ pasar¨ªa a continuaci¨®n? ?Que uno de sus compa?eros le dir¨ªa la hora y el sitio? ?O que el responsable del restaurante lo meter¨ªa de nuevo en el grupo de WhatsApp y adem¨¢s lo amenazar¨ªa sutilmente mediante un mensaje privado, se?al¨¢ndole que si se volv¨ªa a ir del grupo, le cancelar¨ªa su reserva?
No, no nos lo inventamos. Sucedi¨® el 8 de diciembre de 2016, y el usuario que recibi¨® esta advertencia no tuvo reparos en plantarle una denuncia al restaurante ante la Agencia Espa?ola de Protecci¨®n de Datos, la LOPD, el organismo p¨²blico encargado de velar por el cumplimiento de la Ley Org¨¢nica de Protecci¨®n de Datos de Car¨¢cter Personal en este pa¨ªs. En la resoluci¨®n judicial que pod¨¦is leer aqu¨ª se prueba que:
PRIMERO: Don B.B.B. realiz¨®, el d¨ªa 8 de diciembre de 2016, reserva para la cena del d¨ªa 31 de diciembre de 2016 en el restaurante MOLI D'EN SOPA.
SEGUNDO: El responsable del restaurante cre¨® un grupo de Whatsapp con las personas que participaban en dicha cena, enviando un listado con el nombre y apellidos de quien hizo la reserva, el n¨²mero de personas que cenar¨ªan y un plano del restaurante con la ubicaci¨®n de la mesa.
TERCERO: Don B.B.B. sali¨® del grupo pero fue incluido nuevamente por el administrador, recibiendo un mensaje privado, en el que le comunicaban que si sale del grupo se anular¨¢ la reserva.
Sentencia a favor del demandante
Seg¨²n el art¨ªculo 6.1 de la LOPD ¡°El tratamiento de los datos de car¨¢cter personal requerir¨¢ el consentimiento inequ¨ªvoco del afectado, salvo que la Ley disponga otra cosa¡±. Por tanto ¡°la entidad MOLI D'EN SOPA, S.L., con la incorporaci¨®n de un listado con los datos personales de todos los que hab¨ªan reservado una mesa para la cena del d¨ªa 31 de diciembre, permiti¨® el acceso por parte de terceros a datos personales relativos al afectado, cuesti¨®n que ha quedado acreditada en el presente procedimiento sin que el titular de los datos o sus representantes legales hubiesen prestado su consentimiento para ello¡±.
Es por ello que seg¨²n la sentencia ¡°queda acreditado que por parte de la entidad MOLI D'EN SOPA, S.L., responsable de la custodia de los datos en cuesti¨®n, se vulner¨® el deber de secreto garantizado en el art¨ªculo 10 de la LOPD, al haber posibilitado el acceso no restringido por terceros a datos personales sin contar con el consentimiento del titular de tales datos¡±. De momento no se conoce la cuant¨ªa de la sanci¨®n, aunque la revelaci¨®n de secretos y el tratamiento de datos sin consentimiento son infracciones graves, sancionables con multas de 40.001 a 300.000 euros. ?Le pasara a alguien m¨¢s durante las cenas de empresa de este a?o?