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El Constitucional suspende la Ley del Deporte catalana
El recurso presentado por el Gobierno entend¨ªa que la ley vulnera la unidad de mercado y excede competencias de la Generalitat, al prever la firma de convenios internacionales.
El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a tr¨¢mite el recurso del Gobierno contra la Ley Catalana de Ejercicio de Profesiones del Deporte y la ha suspendido provisionalmente hasta que adopte una decisi¨®n sobre si es o no constitucional.
El Consejo de Ministros recurri¨® determinados art¨ªculos de la reforma de la Ley catalana de Ejercicio de Profesiones del Deporte el pasado mes de enero, y en el escrito presentado solicit¨® la suspensi¨®n provisional de la norma.
El recurso entend¨ªa que la ley catalana recurrida vulnera la unidad de mercado y excede competencias de la Generalitat, al prever la firma de convenios internacionales.
El pleno del tribunal de garant¨ªas ha admitido a tr¨¢mite el recurso y autom¨¢ticamente, pues as¨ª lo prev¨¦ la ley que regula el funcionamiento del TC, ha suspendido temporalmente la ley recurrida, suspensi¨®n que se ha adoptado por un per¨ªodo de cinco meses prorrogables.
El tribunal dar¨¢ traslado de la demanda al Congreso de los Diputados y al Senado, as¨ª como al Parlamento y a la Generalitat de Catalu?a, que dispondr¨¢n de quince d¨ªas para personarse en el proceso y formular las alegaciones que consideren convenientes.
La admisi¨®n a tr¨¢mite no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo del recurso, que el Tribunal resolver¨¢ en pr¨®ximas fechas, seg¨²n informa el propio TC.
La ley catalana prev¨¦ la celebraci¨®n de convenios y acuerdos de equiparaci¨®n de las profesionales del deporte catalanas con otros registros de estados de la UE, lo que supone un "exceso competencial", seg¨²n el ejecutivo central.
Catalu?a "carece de competencias para celebrar por s¨ª misma convenios o acuerdos internacionales", considera el Gobierno.
La ley recurrida regula cuatro tipos de profesiones del deporte: profesores de educaci¨®n f¨ªsica, monitores deportivos, entrenadores y directores deportivos, que deber¨¢n acreditar su formaci¨®n en este ¨¢mbito a trav¨¦s de los certificados enunciados en la reforma.