La AN ratifica la inhabilitaci車n del presidente de la Fed. de Tiro
Lorenzo Miret alquil車 un piso para su hija, compr車 un Audi Q5 en un concesionario de un familiar y pag車 el m車vil de su hijo con fondos p迆blicos.
La Audiencia Nacional (AN) ha confirmado la inhabilitaci車n por 6 meses del presidente de la Real Federaci車n Espa?ola de Tiro con Arco (RFETA), Lorenzo Miret, por la incorrecta utilizaci車n de fondos p迆blicos y la vulneraci車n del C車digo de Buen Gobierno que deben respetar las federaciones deportivas.
As赤 se recoge en el fallo de la Secci車n Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que se rechaza el recurso presentado por el abogado de Lorenzo Miret, Felipe de Juanas, y se confirma el fallo del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) del 24 de octubre de 2014 por el que se le inhabilita del ejercicio de su cargo por una infraci車n "muy grave" de la Ley del Deporte.
La resoluci車n da por acreditados la utilizaci車n indebida de un piso alquilado por la federaci車n de tiro para el uso de la hija del presidente, M車nica Miret, con unos gastos de 15.000 euros anuales y un consumo medio de agua, gas y electricidad de 1.700 euros, y el uso de un Audi Q5 -de 45.000 euros comprado en el concesionario de un familiar- para fines ajenos a su cargo.
Seg迆n la resoluci車n, Miret tambi谷n habr赤a imputado el cargo de la prima del seguro y de los gastos de un Volkswagen Jetta que no era propiedad de la federaci車n, y los del m車vil de su hijo, Javier, pese a que no constara contrato alguno por la prestaci車n de servicios relacionados con el asesoramiento y montaje de redes inform芍ticas.
Asimismo, considera incorrecto el uso de fondos p迆blicos por abonar los gastos de varios viajes a Italia, Holanda y Estados Unidos de la hija de Lorenzo Miret argumentando que lo hac赤a como "int谷rprete", as赤 como que no consta la celebraci車n de reuniones de la Federaci車n Internacional en Italia y Suiza, que generaron dietas por 4.059,29 euros.
Para la Audiencia Nacional no cabe sino confirmar, subraya el fallo, "una clara vulneraci車n" del C車digo de Buen Gobierno de las federaciones deportivas que permite afirmar "la existencia cuando menos de una negligencia manifiesta por parte del Presidente en el modus operandi en los temas descritos en el expediente".
Por ello, el Alto Tribunal desestima el recurso de apelaci車n de Lorenzo Miret contra la sentencia del 29 de julio de 2015 del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo n迆mero 4, en la que se ratificaba a su vez el fallo del TAD. Contra esta sentencia no cabe recurso ordinario alguno.