DOPAJE
El Estado pide las bolsas de sangre y m芍s condenas
El COI pregunt車 por la destrucci車n de las bolsas de sangre de la Operaci車n Puerto. La explicaci車n de Alejandro Blanco no gust車 al Gobierno. AS ha accedido al recurso de Estado.
El brit芍nico Adam Pengilly tom車 el micro en Buenos Aires, durante la elecci車n de los Juegos de 2020, y encar車 a la candidatura de Madrid: "Algunos deportistas me han pedido que pregunte por el desarrollo de la Operaci車n Puerto y por la destrucci車n de las muestras de sangre. ?Qu谷 tendr赤an que decirles?". Alejandro Blanco dio una respuesta que no satisfizo al Gobierno espa?ol, que opina que el presidente del COE deb赤a haber recordado que la destrucci車n de las bolsas est芍 recurrida. AS ha tenido acceso a ese recurso a la Audiencia Provincial de Madrid, que firma la abogada del Estado Luc赤a Pedre?o, en representaci車n del CSD. Ah赤 est芍n todas las respuestas...
El recurso de la Abogac赤a del Estado, considerado el m芍s duro de los nueve presentados (la Fiscal赤a, seis acusaciones y dos defensas), consta de 36 p芍ginas y, en resumen, pide condenas mayores para Eufemiano Fuentes e Ignacio Labarta; extender la inhabilitaci車n del canario al total de su profesi車n m谷dica; condenar a los absueltos Manolo Saiz, Vicente Belda y Yolanda Fuentes... Y, por supuesto, la cesi車n de las bolsas de sangre a las autoridades deportivas para incoar expedientes administrativos, en concreto a la Federaci車n de Ciclismo (RFEC), la AMA, la UCI y el CONI. Hay que recordar que la Agencia Espa?ola no puede pedir directamente las bolsas y que para sancionar debe delegar en la RFEC, que era la que gozaba de esas competencias entonces.
El recurso recuerda las razones por las que la juez Julia Patricia Santamar赤a deneg車 las bolsas: "La obtenci車n de unos efectos del delito obtenidos para la averiguaci車n de un presunto il赤cito penal mediante una diligencia de entrada y registro autorizada por un Juez de Instrucci車n, con lo que supone de injerencia en los derechos fundamentales del interesado, no ha de servir para ser tenida en cuenta para su empleo en un procedimiento administrativo sancionador en el 芍mbito del cual nunca se habr赤a podido autorizar la injerencia".
Registros. Santamar赤a apoy車 sus conclusiones en una sentencia del Supremo que tambi谷n denegaba "las pruebas obtenidas como consecuencia de la intervenci車n de las conversaciones telef車nicas". Y en ese punto es donde el Estado interpreta que la juez ha errado: "Existe una importante diferencia entre ese supuesto y el presente caso por el hecho de referirse al secreto de las comunicaciones o a la inviolabilidad del domicilio, porque efectivamente no cabe la interceptaci車n de las conversaciones telef車nicas; mientras que s赤 cabe la entrada y registro de lugares cerrados por parte de la Administraci車n P迆blica, previa autorizaci車n judicial y existiendo una previsi車n legal al efecto".
Otro argumento de la juez es que los expedientes deportivos afectar赤an "a personas que no han sido parte en el procedimiento penal". El recurso apunta que "la prueba en cuesti車n no se ha obtenido con afectaci車n del derecho fundamental de ninguno de los sujetos a potestad disciplinaria, pues no es en su domicilio donde se practic車 el registro. El derecho fundamental afectado es del condenado". Es decir, el Estado estima que la cesi車n de las bolsas no viola los derechos de los deportistas.
- Operaci車n puerto
- Bobsleigh
- Consejo Superior Deportes
- Abogac赤a General Estado
- Eufemiano Fuentes
- RFEC
- AMA
- CONI
- UCI
- Julia Patricia Santamar赤a
- Manuel Saiz
- Yolanda Fuentes
- Jos谷 Ignacio Labarta
- Vicente Belda
- Alejandro Blanco
- COI
- Transfusiones sangre
- Madrid 2020
- Dopaje
- Ciclismo
- Federaci車n espa?ola
- Justicia deportiva
- Tratamiento m谷dico
- Deportes
- Justicia