El CSD desestima inhabilitar a Tebas por el 'caso Fuenlabrada'
El Deportivo y el Numancia hab¨ªan solicitado formalmente la marcha del presidente de LaLiga. Irene Lozano ha cerrado el caso a trav¨¦s de una nota oficial.

El 'caso Fuenlabrada' llega a su fin. El Consejo Superior de Deportes ha desestimado la petici¨®n del Numancia y el Deportivo de la Coru?a de inhabilitar al presidente de LaLiga, Javier Tebas. Los clubes, ahora en Segunda Divisi¨®n B, reclamaron esto en base a la pol¨¦mica surgida en la ¨²ltima jornada de campeonato en Segunda Divisi¨®n, cuando se decidi¨® aplazar el encuentro entre Depor y Fuenlabrada y mantener el resto de la jornada programada en el d¨ªa previsto. Finalmente, los resultados descendieron a los dos equipos demandantes, que consideraron injusta la planificaci¨®n del problema. Por ello, quisieron apelar hasta la ¨²ltima v¨ªa en busca de la salvaci¨®n o, al menos, el pago legal de los responsables de lo sucedido.
Ambos clubes imputaban al presidente de la LaLiga abuso de autoridad, conflicto de intereses e incumplimiento del protocolo, tras el aplazamiento del choque el mismo d¨ªa que deb¨ªa jugarse a la par que el resto de la jornada. Tambi¨¦n denunciaron la relaci¨®n entre el hijo de Javier Tebas y el Fuenlabrada, ya que este es secretario del Consejo de Administraci¨®n.
Hoy, Irene Lozano y su equipo del CSD ha dado carpetazo al caso. As¨ª lo han comunicado a trav¨¦s de una nota oficial:
"El CSD ha desestimado la petici¨®n de inhabilitaci¨®n cautelar de Javier Tebas por parte del RC Deportivo de la Coru?a y el CD Numancia. Las citadas denuncias ten¨ªan que ver con el viaje a La Coru?a del equipo Fuenlabrada CF el pasado mes de julio, e imputaban al presidente de la LNFP abuso de autoridad, falta muy grave de las reglas del juego por adulteraci¨®n de la competici¨®n, conflicto de intereses e incumplimiento del Protocolo COVID 19.
-La resoluci¨®n del CSD deja claro que no puede derivarse un abuso de autoridad de Tebas porque no se deduce de la documentaci¨®n aportada por las denuncias que el viaje del Fuenlabrada excediera las facultades otorgadas al presidente de la LNFP.
-En cuanto a la adulteraci¨®n de la competici¨®n, la resoluci¨®n recuerda que el acuerdo de la suspensi¨®n del encuentro Fuenlabrada-Deportivo fue adoptado por el Comit¨¦ de Competici¨®n de la RFEF.
-Respecto al conflicto de intereses la resoluci¨®n manifiesta que es dif¨ªcil sustraerse al resultado final del partido (2-1 a favor del R.C. Deportivo), celebrado finalmente el 7 de agosto, como para entender que las decisiones pudieran beneficiar personalmente a Tebas.
-Igualmente, la resoluci¨®n de la presidente del CSD, como ya hicieran el Juez de Disciplina Social de la LNFP y el Juzgado de Instrucci¨®n de A Coru?a, desestiman la acusaci¨®n de incumplimiento de las medidas sanitarias en base a lo aportado por los clubes denunciantes.
-Finalmente, en la resoluci¨®n del CSD se manifiesta que las publicaciones realizadas por el presidente de la LNFP en RRSS, a la que hace alusi¨®n el denunciante, no permiten deducir que contengan significado alguno que represente un atentado contra la dignidad y decoro deportivos. Y ello porque en ning¨²n momento se utilicen palabras malsonantes, insultos o palabras despectivas para el presidente del R.C. Deportivo.
-Sobre las acusaciones realizadas por el denunciante basadas en diversas informaciones aparecidas en los medios de comunicaci¨®n, a juicio del CSD carecen de la fundamentaci¨®n jur¨ªdica necesaria".