El Racing denuncia alineaci¨®n indebida del M¨¢laga
Alega que el conjunto andaluz incluy¨® nueve jugadores con ficha del filial cuando la reglamentaci¨®n ¨²nicamente permite seis. AS ha confirmado que el M¨¢laga alegar¨¢.
El Racing ha presentado una denuncia contra el M¨¢laga por alineaci¨®n indebida en el partido que enfrent¨® a ambos en El Sardinero el pasado fin de semana y que concluy¨® con triunfo andaluz por 0-1, con gol de Adri¨¢n. As¨ª lo ha confirmado el propio club c¨¢ntabro. El M¨¢laga, con problemas para inscribir jugadores por incumplir el l¨ªmite salarial, s¨®lo dispon¨ªa de siete fichas de jugadores del primer equipo (ten¨ªa dos lesionados). No obstante, desde el club malacitano entienden que el Racing no tiene raz¨®n, ya que no todos los del filial tuvieron participaci¨®n activa en el duelo y alegar¨¢n a Competici¨®n, tal y como ha podido confirmar AS.
En el art¨ªculo 4 de las bases de competici¨®n se dice, en su punto 4.5, relativo a la alineaci¨®n de futbolistas, lo siguiente: "Los jugadores procedentes de equipos filiales o dependientes que, conforme a los art¨ªculos 226 y 227 del Reglamento General, puedan ser incluidos en la relaci¨®n de futbolistas titulares o suplentes, no podr¨¢ exceder de seis, pudiendo concurrir un m¨¢ximo de cuatro jugadores provenientes de equipos filiales o dependientes sobre el terreno de juego. En todo caso, para que pueda ser alineados con el equipo superior estar¨¢ condicionada a que hubiera sido inscrito dentro de los periodos reglamentariamente establecidos para los jugadores del equipo en el que vayan a intervenir. La posibilidad de intervenir en el principal o patrocinador en el transcurso de la temporada quedar¨¢ enervada cuando se trate de jugadores que, habiendo estados inscritos por el superior, hayan sido dados de baja en este y formalizado inscripci¨®n por el inferior en la misma temporada o cuando, trat¨¢ndose de clubes cuyo primer equipo se encuentre adscrito a categor¨ªas no profesionales, se halle incurso en cualquiera de las situaciones prevista en los art¨ªculos 49, 61 o 192 del Reglamento General. La alineaci¨®n de futbolistas en ning¨²n caso podr¨¢ contravenir lo dispuesto en los art¨ªculos del 223 al 230 del Reglamento General".
Ismael Casas, Keidi Bare y Hugo Vallejo fueron los jugadores del filial que figuraban en el once inicial del M¨¢laga para ese encuentro, pero en el transcurso del mismo entraron al terreno de juego tambi¨¦n Ram¨®n y Luis Mu?oz. Adem¨¢s, en el banquillo, sin actuar, estuvieron Cristo, Hicham, Iv¨¢n Jaime y Gonzalo.
Ahora el Comit¨¦ de Competici¨®n, tras recibir las alegaciones del M¨¢laga, resolver¨¢ el caso. En el supuesto de que le d¨¦ la raz¨®n al Racing, el M¨¢laga perder¨ªa ese partido por 3-0. As¨ª lo reconoce el art¨ªculo 76 del C¨®digo Disciplinario federativo para las competiciones por puntos: "En todo caso, al club que alinee indebidamente a un futbolista por no reunir los requisitos reglamentarios para poder participar en un partido, se le dar¨¢ ¨¦ste por perdido, declar¨¢ndose vencedor al oponente con el resultado de tres goles a cero, salvo que se hubiere obtenido un tanteo superior, si la competici¨®n fuere por puntos, en cuyo caso se mantendr¨¢".
El plazo para denunciar
Otra cuesti¨®n es conocer si la denuncia se produjo antes de las 14 horas del martes (el partido se jug¨® el s¨¢bado), porque de haberse producido con posterioridad su reclamaci¨®n habr¨ªa llegado fuera de plazo. As¨ª lo reconoce el art¨ªculo 26 del C¨®digo Disciplinario federativo: "Tal derecho podr¨¢ ejercerse en un plazo que precluir¨¢ a las 14 horas del segundo d¨ªa h¨¢bil siguiente al del partido de que se trate, momento en el que deber¨¢n obrar en la secretar¨ªa del ¨®rgano disciplinario las alegaciones o reclamaciones que se formulen; trat¨¢ndose de encuentros que se celebren en d¨ªa distinto al fin de semana, el meritado plazo se entender¨¢ reducido en veinticuatro horas. La RFEF podr¨¢, cuando por circunstancias excepcionales de la competici¨®n as¨ª se aconseje, y con el objeto de salvaguardar el buen desarrollo de la misma, reducir los plazos antedichos, respetando en todo caso, el principio de audiencia (...). En id¨¦ntico t¨¦rmino precluir¨¢n tambi¨¦n las eventuales reclamaciones por supuestas alineaciones indebidas y, aun habi¨¦ndose producido ¨¦stas, quedar¨¢ autom¨¢ticamente convalidado el resultado del partido si aqu¨¦llas no se hubieran presentado dentro del referido plazo".