FIFA
La FIFA sanciona a Rayo y Celta por irregularidades en fichajes
El conjunto de Vallecas tendr¨¢ que pagar 45.000 euros, mientras que el de Vigo deber¨¢ abonar 55.000. La influencia de terceros a la hora de contratar, la causa de la sanci¨®n.
El Rayo y el Celta fueron sancionados por la FIFA por irregularidades en fichajes despu¨¦s de que el m¨¢ximo organismo estudiara varios casos en los que hab¨ªa sospechas. El club vallecano deber¨¢ pagar 45.000 euros por cerrar "contratos que permitieron que un tercero influyera en la independencia del club, as¨ª como por no registrar un acuerdo de propiedad de un tercero existente y por no ingresar el correcto y obligatorio informaci¨®n en ITMS".
El Celta, por su parte, fue sancionado con 55.000 euros por "firmar un contrato que permiti¨® a SL Benfica influir en la independencia del club (RSTP, edici¨®n de 2012) as¨ª como por utilizar ITMS como una herramienta de negociaci¨®n". Otros de los sancionados han sido la Federaci¨®n de Laos, el Sporting de Portugal, el Benfica y la Federaci¨®n de Indonesia.
Esto dice el comunicado:
Despu¨¦s de las recientes reuniones del Comit¨¦ Disciplinario, la FIFA puede confirmar hoy una serie de sanciones.?
La Federaci¨®n de F¨²tbol Laos (LFF) ha sido sancionada con una multa de 690,000 francos suizos despu¨¦s de haber incumplido varias disposiciones relativas a la transferencia internacional y el primer registro de jugadores menores, para lo cual el art. 19 del Reglamento sobre el Estado y la Transferencia de Jugadores ("RSTP") es la disposici¨®n principal, as¨ª como otras disposiciones relevantes con respecto al registro y participaci¨®n de jugadores menores y adultos en competiciones.
El Comit¨¦ Disciplinario tambi¨¦n ha impuesto sanciones a varios clubes por infracciones relacionadas con la influencia de terceros (art¨ªculo 18bis del RSTP) y otras violaciones del RSTP:
? Al Arabi de Qatar ha sido sancionado con una multa de CHF 187.500 por varios contratos que permitieron a un tercero influir en la independencia del club, por concluir acuerdos de propiedad de terceros en violaci¨®n de los p¨¢rrafos 4 y 5 del art.18ter RSTP, as¨ª como por una violaci¨®n de la confidencialidad y la falta de ingreso de informaci¨®n correcta y obligatoria en el Sistema Internacional de Coincidencia de Transferencias (ITMS) en el marco de las transferencias de siete jugadores diferentes.
? Sporting CP de Portugal ha sido sancionado con una multa de CHF 110,000 por dos contratos que permitieron a un tercero influir en la independencia del club, as¨ª como por no registrar un acuerdo existente de propiedad de terceros en ITMS y por no ingresar una instrucci¨®n correcta y la informaci¨®n correcta y obligatoria en ITMS.
? SL Benfica de Portugal ha sido sancionado con una multa total de CHF 150,000 por dos contratos que permitieron a un tercero influir en la independencia del club.
? Rayo Vallecano de Espa?a ha sido sancionado con una multa de CHF 55,000 por contratos que permitieron que un tercero influyera en la independencia del club, as¨ª como por no registrar un acuerdo de propiedad de un tercero existente y por no ingresar el correcto y obligatorio informaci¨®n en ITMS.
? RC Celta de Vigo de Espa?a ha sido sancionado con una multa de CHF 65,000 por firmar un contrato que permiti¨® a SL Benfica influir en la independencia del club (RSTP, edici¨®n de 2012) as¨ª como por utilizar ITMS como una herramienta de negociaci¨®n.
? Por otro lado, con respecto al contrato celebrado con RC Celta de Vigo, todos los cargos contra SL Benfica en relaci¨®n con una violaci¨®n del art. 18bis RSTP fueron desestimadas dado que SL Benfica no otorg¨® a RC Celta de Vigo ninguna capacidad para influir en su independencia en materia de empleo y asuntos relacionados con la transferencia. Esta decisi¨®n se ha aprobado sobre la base del art. 18bis de la edici¨®n de 2012 del RSTP, que, a diferencia de la edici¨®n actual, no proporciona ninguna base legal para sancionar a un club que haya adquirido la capacidad de influir. Sin embargo, SL Benfica ha sido sancionado con una multa de CHF 15,000 por utilizar indebidamente ITMS como herramienta de negociaci¨®n.
Adem¨¢s, la Asociaci¨®n de F¨²tbol de Indonesia ha sido sancionada con una multa de CHF 30,000 por no deducir puntos de seis de sus clubes afiliados como se establece en varias decisiones del Comit¨¦ Disciplinario de la FIFA aprobadas como resultado de dichos clubes que violaron el art. 64 del C¨®digo Disciplinario de la FIFA (incumplimiento de las decisiones aprobadas por la C¨¢mara de Resoluci¨®n de Disputas de la FIFA).
Finalmente, el Comit¨¦ Disciplinario hab¨ªa abierto un procedimiento tras una denuncia presentada por la FA despu¨¦s de que un jugador espa?ol supuestamente us¨® un lenguaje discriminatorio contra un jugador ingl¨¦s durante el partido final de la Copa Mundial Sub-17 de la FIFA India 2017. Tras una investigaci¨®n exhaustiva, la DisciplinaEl Comit¨¦ ha decidido desestimar todos los cargos en vista de la falta de evidencia suficiente que pueda corroborar el reclamo del jugador ingl¨¦s. A pesar de la ausencia de una sanci¨®n, que solo puede imponerse sobre la base de pruebas claras, la Comisi¨®n Disciplinaria desea reiterar la postura inequ¨ªvoca y cero de la FIFA contra todas las formas de discriminaci¨®n, tal como se consagra en los Estatutos de la FIFA.