Apelaci¨®n mantiene los 5 partidos de sanci¨®n a Cristiano
El recurso del Real Madrid no ha prosperado. Se perder¨¢ el duelo de hoy y los de Liga frente a Deportivo, Valencia, Levante y Real Sociedad.
El?Comit¨¦ de Apelaci¨®n de la Real Federaci¨®n Espa?ola de F¨²tbol (RFEF) desestim¨® el recurso presentado por el Real Madrid contra la suspensi¨®n por cinco partidos a Cristiano Ronaldo, que deber¨¢ cumplir ¨ªntegramente el castigo. Cristiano se perder¨¢ el partido de Supercopa frente al Barcelona y los de Liga frente a Deportivo, Valencia, Levante y Real Sociedad.
Cristiano Ronaldo vio dos tarjetas amarillas en la ida de la Supercopa de Espa?a, disputada en el Camp Nou, la primera de ellas por quitarse la camiseta para celebrar su gol y la segunda por una presunta simulaci¨®n ante Umtiti. Cuando De Burgos Bengoetxea le mostr¨® la roja, el portugu¨¦s le propin¨® un ¡°empuj¨®n leve¡±, tal y como figura en el acta. El juez ¨²nico de Competici¨®n le impuso un partido de sanci¨®n por la expulsi¨®n y cuatro por su gesto hacia el ¨¢rbitro.
Respecto a la segunda amarilla, que provoc¨® la expulsi¨®n de Cristiano, la resoluci¨®n de Apelaci¨®n se?ala que "las im¨¢genes demuestran la existencia de contacto f¨ªsico entre el defensor y el atacante mencionado (Cristiano), contacto que el ¨¢rbitro no estim¨® suficiente para provocar el derribo y que el recurrente valora en sentido contrario. La intensidad de este contacto obviamente corresponde apreciarlo al ¨¢rbitro y se sit¨²a dentro de los l¨ªmites de su exclusiva potestad de valoraci¨®n de los lances del juego, pues a ¨¦l y s¨®lo a ¨¦l se la concede el Reglamento General de la RFEF, al proclamar en su art¨ªculo 236.1 que ¡°el ¨¢rbitro es la autoridad deportiva ¨²nica e inapelable en el orden t¨¦cnico para dirigir los partidos". El precepto veda, en consecuencia, que se pueda sustituir esa potestad arbitral por el an¨¢lisis posterior de los ¨®rganos disciplinarios, que carecer¨ªa de sentido. Los ¨®rganos disciplinarios limitan su actuaci¨®n a corregir los efectos disciplinarios que se deriven de una decisi¨®n t¨¦cnica ¨²nicamente cuando se demuestre la existencia del error de hecho sufrido por el ¨¢rbitro".
"La existencia evidente de contacto f¨ªsico entre atacante y defensor no demuestra por s¨ª mismo error alguno, ya que carece de las notas de extremo, contundente, continuado y suficiente, que se ha exigido siempre a efectos disciplinarios para apreciar error en este tipo de jugadas", precisa el fallo.
Y respecto al empuj¨®n que motiv¨® los otros cuatro partidos de sanci¨®n a Cristiano se?ala que la interpretaci¨®n del juez de Competici¨®n es "intachable". "Una cuesti¨®n fundamental (...) es la del respeto total y absoluto a la figura del ¨¢rbitro, respeto que no puede ni debe olvidarse y que por lo tanto no puede admitir justificaci¨®n alguna, ni por exceso de pulsaciones, ni por reacci¨®n instintiva, ni por perdida de raz¨®n ante una decisi¨®n supuestamente injusta, ni por cualquier otro elemento que se quiera a?adir para justificar una acci¨®n inadecuada, m¨¢xime cuando se produce en un ¨¢mbito en el que existe un nivel elevado de organizaci¨®n y profesionalizaci¨®n", puntualiza la resoluci¨®n.
Y concluye: "Los actos reflejos ofrecen una intensa problem¨¢tica, pero jam¨¢s han sido considerados como causa de justificaci¨®n de la conducta. A lo m¨¢s influyen en la medida de la sanci¨®n aplicable, pero en el presente caso, ni aunque se hubiera demostrado por el recurrente que fue un acto reflejo, que no lo ha sido, su influjo ser¨ªa nulo porque la sanci¨®n recurrida ha aplicado el m¨ªnimo absoluto de la sanci¨®n prevista".
La sanci¨®n provoc¨® una profunda indignaci¨®n en el Real Madrid que lleg¨® incluso a Zinedine Zidane, que este martes, en rueda de prensa, consider¨® exagerado el castigo al futbolista.