
6 de marzo de 1902, nace la leyenda del Real Madrid

























Carlos Padr¨®s y Rubio, catal¨¢n residente en Madrid, dirig¨ªa su negocio dedicado a la moda (comercio 'Al Capricho') y era un gran apasionado del football. De esta manera presidi¨® la Asociaci¨®n Madrile?a de Clubs de Football. Su fin era fundar un equipo, y el camino m¨¢s f¨¢cil era legalizar al Madrid F.C. y que ¨¦ste organizara un concurso de football durante las fiestas reales. El 6 de marzo de 1902 se constituy¨® como sociedad y se eligi¨® la junta directiva, en la que su hermano, Juan Padr¨®s (en la imagen), fue elegido como nuevo presidente del club.
El 6 de marzo de 1902 se constituy¨® como sociedad el Madrid Football Club, lo que ser¨ªa el germen del actual Real Madrid. Su primera directiva la compon¨ªan Juan Padr¨®s (hermano de Carlos) como presidente, Enrique Varela de Seijas (vicepresidente), Manuel Mend¨ªa (secretario), Jos¨¦ de Gorost¨ªzaga (tesorero), Antonio S. Neyra, mario Giralt, Carlos Mertens, ?lvaro Spottorno y Arturo Mel¨¦ndez (vocales).
Un incio con 28 socios
El Madrid se fund¨® con 28 socios. Todos ellos eran los propios jugadores y directivos. En 1905, por ejemplo, cada uno de los asociados pagaba dos pesetas mensuales para mantener el club.
Esta es una de las dos primeras formaciones de la historia del Madrid Football Club. En la imagen los jugadores se disponen a jugar un partido en los terrenos detr¨¢s del Parque del Retiro, junto a los terrenos del Tiro de Pich¨®n.
Esta imagen corresponde a lo que podr¨ªamos llamar la primera plantilla del Madrid Football Club en la Avenida de la Plaza de Toros. Al fondo de observa la Casa de Bolas, donde se vest¨ªan los jugadores antes pasar a la caseta de la Avenida. Esta primera plantilla estaba formada por: Juan Padr¨®s, Celada, Carlos Padr¨®s, Mertens, Mend¨ªa, Revuelto, Barqu¨ªn, Johnson, El Bollero, P¨¢ramo, Mario Giralt, Varela, Palacios, Molera, Parages, Arturo Mel¨¦ndez, Neyra, Jos¨¦ Giralt, Stampher, Armando Giralt y Spottorno.
La caseta de la calle Avenida
Desde 1902 hasta 1914 los jugadores del Madrid se vest¨ªan en una caseta que estaba en el n¨²mero 10 de la Avenida de la Plaza de Toros. Antes los jugadores se vest¨ªan en La Taurina. En la imagen, los primeros vestuarios de la historia del club madridista.
El Madrid se ejercit¨® en sus primeros momentos en unos terrenos en plena Avenida de la Plaza de Toros. Tambi¨¦n jugaba algunos partidos en el Hip¨®dromo de la Castellana. En la imagen, uno de los primeros partidos de la historia del Madrid, contra el News, en los terrenos del Hip¨®dromo de la Castellana.
El 13 de mayo de 1902 se jug¨® el primer Madrid-Bar?a de la historia. Este encuentro estuvo marcado por el protagonismo de los jugadores con apellidos extranjeros y por la extraordinaria deportividad. Los azulgranas ganaron 3-1. Sus goles los anotaron Steinberg (dos veces) y el suizo Hans Gamper, su fundador, mientras que el tanto madridista lo marc¨® el brit¨¢nico Arthur Johnson.
'Reglamento de la sociedad Madrid Football Club' A continuaci¨®n, les ofrecemos la reproducci¨®n y la transcripci¨®n de los estatutos originales del club.
T?TULO 1?. CONSTITUCI?N DE LA SOCIEDAD. Art¨ªculo 1?. Se constituye en Madrid una sociedad civil particular denominada ?Madrid Football Club? con objeto de fomentar sobre bases progresivas la afici¨®n al juego llamado Football Association. Art¨ªculo 2?. La duraci¨®n de esta sociedad ser¨¢ por tiempo indeterminado, rigi¨¦ndose (contin¨²a en la siguiente)
(viene del anterior) en tanto exista, en el orden interior por los reglamentos y acuerdos que tome la sociedad y en el exterior por las Leyes, Reglamentos y disposiciones de car¨¢cter general o local, pero someti¨¦ndose los se?ores que formen la Sociedad y los que con ¨¦sta contraten a los juzgados y tribunales del domicilio en que se encuentra constituida. CAP?TULO 1?. DE LOS SOCIOS, SUS REQUISITOS, SUS DERECHOS (contin¨²a en la siguiente)
(viene del anterior) Y SUS OBLIGACIONES. Art¨ªculo 3?. Formar¨¢n la Sociedad los se?ores que re¨²nan los requisitos siguientes. 1?. Ser mayor de 15 a?os. 2?. Ser propuesto por dos se?ores socios. En la propuesta de los se?ores socios que indica el 2? de los requisitos se expresar¨¢n: 1?. El nombre y apellidos del socio propuesto. 2?. Su domicilio. 3?. Su profesi¨®n. y 4?. La aceptaci¨®n por el se?or socio (contin¨²a en la siguiente)
(viene del anterior) propuesto y los que le presentan de las obligaciones que por tal acto contraen. Art¨ªculo 4?. Los se?ores que constituyan la Sociedad, tendr¨¢n derecho, estando al corriente en el pago de sus cuotas y pasados dos meses de su admisi¨®n: 1?. A ejercer los cargos vacantes en la Junta Directiva siempre que sea mayor de edad. 2?. A tener voz y voto en las Juntas Generales. 3?. A tomar parte en los partidos que organice la sociedad.
4?. A proponer en uni¨®n de otro se?or socio a los que deseen ingresar. 5?. A disfrutar todas las ventajas y preeminencias que a la misma se concedan. Art¨ªculo 5?. Todos los se?ores socios estar¨¢n obligados 1?. A satisfacer en los ocho primeros d¨ªas del mes la cuota de 2 pesetas. 2?. A permanecer como m¨ªnimum un trimestre en la Sociedad, oblig¨¢ndose los dos se?ores socios que le hayan presentado a abonar las dos mensuali- (contin¨²a en el siguiente)
(viene del anterior) dades siguientes a la del ingreso, en el caso de que el nuevo socio se negase a pagarlas. 3?. A guardar el respeto y condescendencia debida a todos los se?ores socios que formen la Sociedad. Art¨ªculo 6?. No podr¨¢ tomar parte en los partidos el socio que deje de satisfacer algunas mensualidades. Art¨ªculo 7?. No ser¨¢ preciso pagar cuota de entrada durante los meses de octubre y noviembre, siempre que el nuevo socio pague el (contin¨²a en la siguiente)
(viene del anterior) de octubre, aunque el ingreso se verifique en el de noviembre. Pasado el mes de noviembre ser¨¢ preciso satisfacer cuota de entrada, que ser¨¢ de 5 pesetas, a menos que la Directiva tome acuerdo en contra. Art¨ªculo 8?. Todo socio que deje de abonar tres meses ser¨¢ dado de baja, necesitando para ser considerado nuevamente como socio abonar la cuota del mes de entrada.
CAP?TULO 2?. DE LA JUNTA DIRECTIVA, SU ELECCI?N Y RENOVACI?N. Art¨ªculo 9?. Regir¨¢n y representar¨¢n a la Sociedad un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y cinco Vocales. Art¨ªculo 10?. Los cargos de la Junta Directiva se elegir¨¢n por mi- tad todos los a?os, designando la suerte las vacantes que han de resultar, verific¨¢ndose la elecci¨®n por mayor¨ªa absoluta de votos.
Art¨ªculo 11?. Si antes de cumplirse el a?o de elecci¨®n de los cargos de la Junta Directiva ocurriera alguna vacante, se proveer¨¢ interinamente el cargo por los dem¨¢s se?ores que la formen hasta la pr¨®xima Junta General. Art¨ªculo 12?. Los se?ores elegidos para constituir la Junta Directiva tendr¨¢n las obligaciones y derechos propios de los cargos que cada uno ejerza.
CAP?TULO 3?. DE LAS JUNTAS Y FONDOS SOCIALES. Art¨ªculo 13?. La Junta Directiva se reunir¨¢ cuando fuere necesario, ya para otorgar o no la admisi¨®n de nuevos socios, imponer correcciones a los ya admitidos, decretar su expulsi¨®n o ya para preparar los asuntos que se han de discutir en las Juntas Generales. Art¨ªculo 14?. Cada tres meses se celebrar¨¢ Junta General, en la que constituir¨¢ el orden de discusi¨®n en la misma:
1?. Informe por el se?or Secretario de la marcha y estado de la Sociedad. 2?. Se dar¨¢ cuenta por el se?or Tesorero de la existencia de fondos en la Sociedad. 3?. Todos los dem¨¢s asuntos que propongan por los menos ocho se?ores socios por escrito. Art¨ªculo 15?. Cuando la Junta Directiva lo juzgue necesario, podr¨¢ convocar la General con car¨¢cter de extraordinaria. Art¨ªculo 16?. Ser¨¢n fondos propios de la sociedad los que recaude de las cuotas de (contin¨²a en la siguiente)
(viene del anterior) entrada y ordinarias de los se?ores socios y todos aquellos que por cualquier otra causa adquiera. T?TULO 2?. OBJETO DE LA SOCIEDAD. Art¨ªculo 17?. Con el fin de fomentar la afici¨®n al juego del Football, la Sociedad verificar¨¢ partidos siempre que sea posible y en ¨¦poca determinada celebrar¨¢ concursos e intervendr¨¢ directa e indirectamente en las fiestas de esta ¨ªndole que se organicen y crea pueden au- (contin¨²a en la siguiente)
(viene del anterior) mentar la afici¨®n. CAP?TULO 4?. Art¨ªculo 18?. Para tomar parte en los partidos ser¨¢ preciso: 1?. El pago previo del mes o la cuota de entrada, seg¨²n los casos. 2?. Usar el uniforme reglamentario. 3?. Llegar al campo de juego antes de la hora se?alada para el comienzo del partido. El uniforme reglamentario ser¨¢ para los partidos ordinarios pantal¨®n azul oscuro, corto y recto, blusa blanca y
(viene del anterior) medias oscuras, y para los partidos extraordinarios ser¨¢: pantal¨®n y blusa blancos, medias negras con vueltas y cintur¨®n con los colores nacionales, completando este uniforme un casquete azul oscuro. Art¨ªculo 19?. Los partidos se jugar¨¢n sigui¨¦ndose estrictamente el reglamento de la Football Association de Inglaterra, de 1901- 1902, y el socio que faltara a alguna de sus leyes, ser¨¢ amonestado por la primera vez por el ¨¢rbitro, y en caso de reincidencia, (contin¨²a en el siguiente)
(viene del anterior) ¨¦ste lo pondr¨¢ en conocimiento de la Junta Directiva para que tome la resoluci¨®n que juzgue procedente. T?TULO 3?. CORRECCIONES, DOMICILIO Y DISOLUCI?N DE LA SOCIEDAD. Art¨ªculo 20. La Junta Directiva tendr¨¢ facultades para amonestar p¨²blica o privadamente al socio que por su conducta se haga acreedor de ello y previo acuerdo de la Junta General decretar su expulsi¨®n.
Art¨ªculo 21. Ser¨¢ el domicilio social en Madrid en casa del se?or Presidente Alcal¨¢ 48. Art¨ªculo 22. La disoluci¨®n de la Sociedad se verificar¨¢ cuando as¨ª lo acuerde la mayor¨ªa de sus socios, y si del balance que se haga resultara un sobrante se distribuir¨¢ a prorrata entre los mismos. Juan Padr¨®s. Madrid, 18 de abril de 1902.
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