La mujer que aparece en el v¨ªdeo sexual de Sergi Enrich y Luna denuncia a los dos jugadores del Eibar
Los responsables de la difusi¨®n del v¨ªdeo sexual se exponen a una pena de c¨¢rcel de tres meses a un a?o, seg¨²n recoge la ¨²ltima reforma del C¨®digo Penal.
La difusi¨®n de un v¨ªdeo de contenido sexual en el que aparecen los jugadores del Eibar Sergi Enrich y Antonio Luna junto con una joven ha desatado una tormenta en todo el pa¨ªs. El entrenamiento de esta ma?ana del equipo armero ha estado envuelto en una expectaci¨®n medi¨¢tica poco habitual. La joven ha presentado ante la Ertzaintza una denuncia contra los dos jugadores, por el da?o a su imagen que ha producido la difusi¨®n del v¨ªdeo sin su consentimiento.?
El v¨ªdeo sexual de Sergi Enrich y Antonio Luna
?ste se habr¨ªa grabado hace un a?o y los dos futbolistas del Eibar ya pidieron ayer perd¨®n por su difusi¨®n. ¡°Lamentamos que la difusi¨®n de este v¨ªdeo pueda da?ar nuestra imagen pero especialmente la del club¡±, esgrimieron en una nota. "Queremos igualmente disculparnos por el da?o que pueda suponer a la imagen de la tercera persona involucrada en el mismo". El club no tiene previsto emitir ning¨²n comunicado ni pronunciarse de ninguna manera sobre esta cuesti¨®n. Adem¨¢s, Mendilibar ha decidido no convocar a ambos para el amistoso de esta tarde en Lerma, para apartarles del ruido medi¨¢tico, aunque no est¨¢n fuera del equipo.
Es delito difundir im¨¢genes-v¨ªdeos de car¨¢cter ¨ªntimo
Seg¨²n public¨® El Pa¨ªs, hasta el 1 de julio de 2015 no era delito difundir im¨¢genes (fotos o grabaciones audiovisuales) de car¨¢cter ¨ªntimo, si se hab¨ªa accedido a ellas l¨ªcitamente; es decir, si se hab¨ªan captado con el consentimiento de la otra persona o si ¨¦sta las hab¨ªa dado voluntariamente. Por lo que s¨®lo pod¨ªa haber delito de ¡°revelaci¨®n de secreto¡±, si se hab¨ªa producido con anterioridad un delito de ¡°descubrimiento de secreto¡±. ?sta fue la raz¨®n por la que no se conden¨® penalmente a nadie en el famoso caso del v¨ªdeo sexual de Olvido Hormigos puesto que ella lo hab¨ªa grabado y enviado voluntariamente (no entramos aqu¨ª en si el caso se debi¨® haber planteado por otro tipo penal, como un delito contra la integridad moral, o por la v¨ªa de la protecci¨®n civil del derecho al honor, la intimidad personal y familiar y la propia imagen). Pero en la ¨²ltima reforma del C¨®digo Penal se introdujo un nuevo apartado (197.7) por el que ser¨¢ castigado con una pena de prisi¨®n de tres meses a un a?o el que, sin autorizaci¨®n de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros im¨¢genes o grabaciones audiovisuales de aqu¨¦lla, que hubiera obtenido con su anuencia, cuando la divulgaci¨®n menoscabe gravemente su intimidad personal.
As¨ª est¨¢ el ambiente en el Eibar tras el caso de Enrich y Luna. Su entrenador, Mendilibar, no est¨¢ nada contento con la actuaci¨®n de los jugadores.?