CORONAVIRUS
Fin de mascarillas en interiores: multas y sanciones del BOE si no la llevo en sitios obligatorios
Hospitales, centros de fisioterapia, farmacias, residencias de d¨ªa, centros socio sanitarios... siguen manteniendo la obligatoriedad de la mascarilla por el perfil del cliente y paciente.
Ya es oficial. Desde hoy 20 de abril ya no es obligatoria el uso de la mascarilla en la gran mayor¨ªa de lugares, salvo los hospitales y centros socio sanitarios, como las farmacias, centros de d¨ªa, residencias de mayores, cl¨ªnica de fisioterapia, cl¨ªnicas dentales...
Tras la publicaci¨®n en el Bolet¨ªn Oficial del Estado de esta derogaci¨®n, la mascarilla ya no es obligatoria en la gran mayor¨ªa de espacios p¨²blicos, pero s¨ª hay otros donde es necesaria y requerida, especialmente donde hay personas vulnerables.
Seg¨²n el real decreto, la evoluci¨®n de la epidemia de COVID-19, favorecida por los altos ¨ªndices de vacunaci¨®n, que se sit¨²an en el 92% de la poblaci¨®n, ha permitido al Ministerio de Sanidad adoptar esta medida.
En el ¨¢mbito laboral se elimina, con car¨¢cter general, la obligatoriedad de usar los tapabocas, aunque se deja en manos de los responsables de riesgos laborales de las empresas la decisi¨®n final tras evaluar la situaci¨®n en cada centro de trabajo.
Tendr¨¢n que llevar mascarilla los visitantes y trabajadores de hospitales, centros de salud o de transfusi¨®n de sangre y farmacias, y se elimina para las personas que est¨¦n ingresadas o en residencias de mayores.
La norma mantiene la obligatoriedad de llevar mascarilla en el transporte a¨¦reo, por ferrocarril o por cable; en el transporte p¨²blico de viajeros y en los espacios cerrados de buques y embarcaciones, cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad. No ser¨¢ necesario en los andenes y en las estaciones.
La multa que hab¨ªa por no llevar mascarilla
No llevar mascarilla por la calle cuando era obligatoria conllevaba una multa de 100 euros, al considerarse una infracci¨®n leve. En el BOE, en el texto publicado de este mi¨¦rcoles, no se especifica si se mantienen estas multas por no llevarlas en los lugares donde s¨ª sigue siendo obligatoria. Se entiende que en el caso de proceder a sancionar a una persona por no llevar mascarilla en lugares d¨®nde s¨ª es exigible como en el transporte p¨²blico la multa seguir¨¢ siendo de esta cuant¨ªa.
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