Los cinco ingresos en bancos que se deben comunicar a Hacienda
Las entidades bancarias tienen la obligaci¨®n de notificar a la Agencia Tributaria ciertas operaciones con el objetivo de evitar el fraude fiscal.
Una de las principales funciones de la Agencia Tributaria es luchar contra el fraude fiscal. Con ese prop¨®sito, el organismo ha puesto en funcionamiento una herramienta que, mediante inteligencia artificial, posibilita identificar a aquellas personas que emiten facturas irregulares.
Este nuevo instrumento se une a otros como el Plan de Visitas de Hacienda, en virtud del cual la Agencia Tributaria acude peri¨®dicamente a inspeccionar a aquellas empresas que por sus perfiles podr¨ªan suponer, en teor¨ªa, un riesgo en cuanto al impago de impuestos.
Pero solo con estas medidas no es suficiente. Por ello, Hacienda tambi¨¦n necesita de la colaboraci¨®n de los bancos para estrechar el cerco sobre aquellos individuos que podr¨ªan estar llevando a cabo potenciales pr¨¢cticas ilegales en materia fiscal.
Tal y como informa Telecinco, hay hasta cinco transacciones que las entidades bancarias est¨¢n obligadas a comunicar a la Agencia Tributaria con la finalidad de prevenir el fraude.
Operaciones relevantes
Los bancos deben avisar obligatoriamente a Hacienda de las operaciones en las que se utilicen billetes de 500 euros, sin importar cual sea su cantidad.
El Tribunal Supremo detalla que el motivo de que este tipo de ingresos se encuentren entre los de notificaci¨®n obligatoria se debe a que implican datos y operaciones significativas no solo por la cuant¨ªa, sino por los billetes con los que se llevan a cabo (aquellos que suelen estar presentes en gran parte de las transacciones ilegales).
Las entidades bancarias tambi¨¦n tienen que notificar a la Agencia Tributaria aquellos ingresos en met¨¢lico de importe superior a 3.000 euros y las transacciones que superen los 10.000 euros, incluidas las transferencias bancarias.
Otra operaci¨®n de obligada comunicaci¨®n son los ingresos recurrentes, o lo que es lo mismo, el hecho de que un individuo reciba de forma peri¨®dica cierta cantidad de dinero a trav¨¦s de ingresos. Se debe de que, a diferencia de las transferencias bancarias, en los ingresos no se puede identificar de forma fehaciente qui¨¦n es el pagador.
Por ¨²ltimo, tal y como marca el Real Decreto 1065/2007, las entidades de cr¨¦dito deben declarar el saldo de los cr¨¦ditos y pr¨¦stamos de importe superior a 6.000 euros, as¨ª como el nombre y apellidos o raz¨®n social, y el n¨²mero de identificaci¨®n fiscal del prestatario.