CORONAVIRUS

?Qui¨¦nes no est¨¢n obligados a llevar mascarilla en interiores y cu¨¢les son las excepciones?

Desde este pasado jueves el uso de la mascarilla en exteriores dej¨® de ser obligatorio. En en caso de interiores hay algunas excepciones para no usarlas.

Joaquin Corchero

Desde este pasado jueves 10 de febrero, el uso de la mascarilla en exteriores dej¨® de ser obligatorio en Espa?a. Una medida que entr¨® de nuevo en vigor a las puertas de las pasadas navadiades, cuando la ola de ?micron empezaba a crecer sin freno. El Consejo de Ministros acord¨® este martes poner fin a la medida, tras la celebraci¨®n del Consejo Interterritorial del Sistema Nacioanal de Salud.

As¨ª, de esta forma, el uso de la mascarilla en exteriores ahora se limita a varios supuestos: cuando los asistentes a un evento al aire libre est¨¦n de pie y en grandes aglomeraciones, donde tambi¨¦n se recomienda. Adem¨¢s, tambi¨¦n se deben seguir utlizando en espacios interiores abiertos al p¨²blico.

Excepciones

Sin embargo, hay tres excepciones a la norma respecto al uso de las mascarillas en interiores cerrados. La primera de ellas es el caso de personas con alg¨²n tipo de enfermedad respiratoria que pueda agravarse por su uso. O, tambi¨¦n, tener una discapadidad o dependencia que no les permita tener la autom¨ªa para quietarse la mascarilla. En este supuesto est¨¢n, tambi¨¦n, aquellas personas con alteraciones de conducta, que hacen complicado su uso.

El segundo de los casos es, de acuerdo con lo establecido en el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE), en los casos que "por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias". Una medida que aplica a actividades como las que realizan, por ejemplo, los cantantes.

Y, finalmente, en las residencias de mayores o de personas discapacitadas. En dichos lugares, as¨ª como en las dependencias destinadas a la residencia colectiva de trabajadores esenciales, no ser¨¢ obligatorio su uso. Eso s¨ª, se?ala el BOE, siempre que estos colectivos y los trabajadores tengan coberturas de vacunaci¨®n por encima del 80%, con la pauta completa y la dosis de recuerdo. Una excepci¨®n que no se har¨¢ extensible a las visitas ni a los trabajadores del centro, en cuyo caso "s¨ª es obligatorio el uso de la mascarilla".