Ayudas de 500€ por hijo en Madrid: requisitos, qui¨¦nes pueden pedir el abono y cu¨¢ndo solicitar
El Ejecutivo madrile?o ha dado luz verde a la concesi¨®n directa de ayudas para madres menores de 30 a?os, cuyo valor oscila en los 14.500 euros por hijo.
Isabel D¨ªaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid, confirm¨® durante el debate de investidura del pasado mes de junio la aplicaci¨®n de un plan de natalidad, cuyo enfoque est¨¢ destinado a la ¡°protecci¨®n de la maternidad como uno de los ejes sustanciales de la Legislatura¡±. Por ello, el Ejecutivo madrile?o ha dado luz verde a la aprobaci¨®n de la concesi¨®n directa de ayudas, cuyo valor es de unos 14.500 euros por hijo. El 1 de enero de 2022 se abrir¨¢n las solicitudes de estas ayudas a trav¨¦s de la web oficial de la regi¨®n madrile?a.
Principalmente, el motivo de esta enmienda se debe a la garant¨ªa firme de los derechos de todas las familias madrile?as, independientemente del n¨²mero de miembros, con el objetivo de que puedan formalizar un proyecto com¨²n sin dificultades econ¨®micas y sociales.
El presupuesto inicial dedicado a estas ayudas a la maternidad es de 20 millones de euros, pero esta cantidad puede cambiar en funci¨®n del n¨²mero de peticiones recibidas. Por lo tanto, una vez aprobada la solicitud, se reconocer¨¢ este derecho en el momento que fue solicitada, cuyos pagos ser¨¢n transferidos por cuenta bancaria.
?En qu¨¦ consiste este plan de natalidad y qui¨¦n puede solicitarlo?
??? La Comunidad de Madrid abrir¨¢ el 1 de enero de 2022 el plazo de presentaci¨®n de solicitudes para las ayudas de hasta 14.500 euros por hijo para madres menores de 30 a?os.
¡ª Comunidad de Madrid (@ComunidadMadrid) December 9, 2021
? As¨ª lo ha anunciado la consejera @ConchaDancausa, tras la reuni¨®n del #ConsejoDeGobierno. pic.twitter.com/37YPnctlQI
Esta protecci¨®n de la maternidad de las familias madrile?as se trata de un abono mensual de 500 euros, cuyo plazo est¨¢ estipulado desde el quinto mes de gestaci¨®n hasta que el descendiente materno cumpla dos a?os. Adem¨¢s, esta cuant¨ªa puede extenderse por cada ni?o adicional o cuando se trate de nacimientos o adopciones m¨²ltiples. En este ¨²ltimo supuesto, no se tendr¨¢ en cuenta la edad, sino que se empezar¨¢ a contabilizar la inscripci¨®n oficial del menor en el Registro Civil por parte de sus progenitores.
El principal requisito es que no se puede superar los 30 a?os de edad y se deber¨¢ acreditar un documento que avale el empadronamiento durante al menos diez a?os, en cualquiera de las localidades de la Comunidad de Madrid. Adem¨¢s, es muy importante ser residente en la regi¨®n en el momento que se aplica la subvenci¨®n de esta ayuda, ya que en el caso contrario quedar¨ªa retirada.
Del mismo modo, esta subvenci¨®n es compatible con cualquier actividad del mercado laboral remunerada, ya sea por cuenta propia o ajena. Sin embargo, el solicitante no puede superar el umbral de los 30.000 euros anuales en su tributaci¨®n individual o los 36.200 euros para el conglomerado familiar.
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