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?Te pueden multar sin darte papel o es obligatorio que te notifiquen la multa?
Las autoridades pueden notificar una multa despu¨¦s de que se haya cometido la infracci¨®n, aunque tendr¨¢n un l¨ªmite de meses dependiendo de si es grave o leve.
Alguno de los que lean esto habr¨¢n recibido, al menos una vez en su vida, una multa de tr¨¢fico. Exceso de velocidad, aparcar el coche en alg¨²n vado, no notificar con los intermitentes una maniobra, etc. Son varias las razones por las que podemos recibir una sanci¨®n econ¨®mica, pero, ?pueden multarme si no se me notifica?
Seg¨²n afirma auto10, las autoridades (Guardia Civil o Polic¨ªa) no tienen por qu¨¦ facilitarnos la multa f¨ªsica en el caso de que cometamos alguna infracci¨®n. Desde que comenz¨® la pandemia, los agentes tratan de evitar el tr¨¢mite para asegurar un contacto m¨ªnimo con los conductores.
Notificaci¨®n posterior a la multa
En todo caso, si los agentes no te dan 'la receta' en el momento de la multa, el ¨®rgano sancionador tiene que hacerte llegar la notificaci¨®n de forma posterior: si se trata de una infracci¨®n grave, esta debe llegar como muy tarde seis meses despu¨¦s de haber cometido la infracci¨®n; y si es una infracci¨®n leve, este plazo se reduce a tres meses.
En todo caso, seg¨²n la Ley de Tr¨¢fico y Seguridad V¨ªal en su art¨ªculo 89, las notificaciones se podr¨¢n enviar a los infractores de forma posterior si:
La notificaci¨®n podr¨¢ efectuarse en un momento posterior siempre que se d¨¦ alguna de las siguientes circunstancias:
a) Que la denuncia se formule en circunstancias en que la detenci¨®n del veh¨ªculo pueda originar un riesgo para la circulaci¨®n. En este caso, el agente deber¨¢ indicar los motivos concretos que la impiden.
b) Que la denuncia se formule estando el veh¨ªculo estacionado, cuando el conductor no est¨¦ presente.
c) Que se haya tenido conocimiento de la infracci¨®n a trav¨¦s de medios de captaci¨®n y reproducci¨®n de im¨¢genes que permitan la identificaci¨®n del veh¨ªculo.
d) Que el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia, control, regulaci¨®n o disciplina del tr¨¢fico y carezca de medios para proceder al seguimiento del veh¨ªculo.
Tambi¨¦n se puede consultar si hemos sido multados en el Bolet¨ªn Oficial del Estado. Tan solo hay que acceder al Tabl¨®n Edictal ?nico con nuestra clave PIN, DNIe o certificado electr¨®nico. En el Bolet¨ªn Oficial del Estado quedan reflejadas las multas y sanciones que reciben los conductores.
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