Los conceptos de la n車mina por los que no cotizas a la Seguridad Social
Desde las dietas, desplazamientos, nocturnidad, noche fuera del pa赤s, viajes, despidos, formaci車n de los trabajadores, fallecimiento, traslado, indemnizaci車n...

La n車mica es un mundo aparte y entenderla no siempre es f芍cil, as赤 que te vamos a contar los 迆nicos conceptos retributivos que est芍n exentos de cotizar a la Seguridad Social. Dentro de la base de cotizaci車n se incluyen las remuneraciones, ya sean en dinero o en especie, que la empresa paga al empleado, y por ellas se debe cotizar, aunque tambi谷n existen cantidades que no se forman parte de este concepto.
Est芍n exentas de cotizaci車n las retribuciones asignadas a gastos de locomoci車n del trabajador debido a desplazamientos realizados en transporte p迆blico fuera de su zona habitual de trabajo para realizar el mismo, siempre y cuando se justifiquen con una factura o un documento que lo acredite.
Gastos del trabajador que luego devuelve la empresa
Las retribuciones asignadas a gastos de locomoci車n del trabajador debido a desplazamientos fuera de su zona habitual de trabajo para realizar el mismo y que no se incluyan en el punto anterior (como ser赤a el transporte privado), as赤 como gastos normales de manutenci車n y alojamiento, seg迆n lo establecido como normal en la normativa estatal reguladora del IRPF (solo cotizan los gastos que superen los 26 y 91 euros diarios, dependiendo de la estancia).
Esto est芍 establecido en la gu赤a laboral del Ministerio de Trabajo, entran as赤 los gastos en restaurantes, hoteles y otros establecimientos de hosteler赤a, as赤 como los gastos de locomoci車n cuando se usen medios de transporte p迆blicos. Todos estos gastos se compensan por las empresas posteriormente y no han de estar incluidos en la base de cotizaci車n.
Dietas
-Si se hace noche, el l赤mite diario es de 53,34 euros para desplazamientos dentro del territorio espa?ol y de 91,35 euros para desplazamientos a territorios extranjeros.
-Si no se hace noche, el l赤mite diario es de 26,67 euros para desplazamientos dentro del territorio espa?ol y de 48,08 euros para desplazamientos a territorios extranjeros.
Indemnizaciones
Las indemnizaciones por fallecimiento, traslados, suspensiones, estar芍n exentas de cotizaci車n hasta la cuant赤a m芍xima prevista en norma sectorial o convenio colectivo.
Las indemnizaciones por despido o cese del trabajador, estar芍n exentas en la cuant赤a establecida en la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Prestaciones
En cuanto a las prestaciones de la Seguridad Social, las mejoras de las prestaciones por incapacidad temporal otorgadas por la empresa y los gastos en estudios dirigidos a la actualizaci車n, capacitaci車n o reciclaje de personal, siempre y cuando estos estudios sean exigidos por el desarrollo de la actividad de la empresa o las caracter赤sticas del puesto de trabajo.
Las horas extraordinarias, a excepci車n de la cotizaci車n por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.?