?Puedo cobrar el paro si trabajo al mismo tiempo en la empresa de un familiar?
El SEPE ha explicado las consecuencias de trabajar con un familiar aut¨®nomo. Te contamos todos los requisitos y si un aut¨®nomo colaborador tiene derecho a cobrar el paro.

Muchas personas optan por trabajar en la empresa de un familiar o trabajar para un aut¨®nomo familiar, mientras est¨¢n buscando trabajo. Sin embargo, el Servicio P¨²blico de Empleo (SEPE) ha explicado en su p¨¢gina web las consecuencias de ser empleado de un familiar. Te contamos todos los requisitos que hay que cumplir y si un aut¨®nomo colaborador tiene derecho a cobrar el paro.
?Trabajador por cuenta propia o aut¨®nomo colaborador?
En principio, s¨ª se puede trabajar para un familiar que sea empresario o aut¨®nomo, pero debe hacerse como colaborador aut¨®nomo y no como un simple aut¨®nomo. Esto se debe a que al interesado (empleado) le repercute su trabajo, esto quiere decir que, el trabajador va a obtener beneficios, pero tambi¨¦n va a correr con los riesgos que conlleva formar parte de esta empresa. Entonces, ?cu¨¢ndo debo ser aut¨®nomo colaborador para trabajar para un familiar? Te lo contamos:
1. Si el empresario y el trabajador residen en el mismo domicilio. Esta situaci¨®n da a entender que no existe una relaci¨®n laboral sino familiar, a no ser que se demuestre lo contrario, si el empleado es un familiar por consanguinidad o afinidad de hasta 2? grado.
2. Si la empresa del familiar es una sociedad mercantil o laboral. En el caso de que la empresa forme parte de una sociedad y el trabajador no tenga participaciones de la misma, la relaci¨®n laboral se podr¨¢ establecer por cuenta ajena.
?Tendr¨ªa derecho a cobrar el paro?
A la pregunta de si es posible cobrar el paro despu¨¦s de trabajar en la empresa de un familiar, el SEPE ha respondido tajantemente. Como hemos dicho anteriormente, si el empleado ha trabajado en la empresa de un familiar por consanguinidad o afinidad de hasta 2? grado y es un empresario o empresaria individual, este no tendr¨¢ derecho a recibir el paro si residen en el mismo domicilio y no hay pruebas que demuestren que se trata de una relaci¨®n laboral.
Debido a esto, se valorar¨¢n todos los datos de forma conjunta (tanto por parte del SEPE como el propio trabajador) que prueben la relaci¨®n laboral: tiempo de prestaci¨®n de servicios y de cotizaci¨®n a la Seguridad Social, si ha habido modificaci¨®n del r¨¦gimen de afiliaci¨®n, si forma parte de otro n¨²cleo familiar, existencia de un trabajo efectivo, lejan¨ªa o proximidad del grado de parentesco, antecedentes respecto a la percepci¨®n de prestaciones por cese en una relaci¨®n laboral anterior con el mismo empresario o empresaria, etc.
No obstante, s¨ª tendr¨ªa derecho a cobrar las prestaciones si no convive con su familiar o si la empresa es una sociedad mercantil o laboral. Otro de los supuestos para recibir el paro es si usted no tiene una participaci¨®n social en la misma. Es decir, si el familiar tiene un 50% del capital o m¨¢s, el trabajador no tendr¨¢ derecho a percibir las prestaciones por desempleo si convive con ¨¦l o ella y no hay evidencia del car¨¢cter laboral de la relaci¨®n, dado que es como si la empresa fuese del familiar.
Si alguno de sus progenitores trabaja como aut¨®nomo, este puede contratarle como trabajador por cuenta propia si usted es menor de 30 a?os, aunque residan juntos, en cuyo caso no cotizar¨¢ por desempleo ni tendr¨¢ protecci¨®n por desempleo. Aunque si le cesan en el trabajo, puede acreditar situaci¨®n legal de desempleo y si tiene cotizaciones anteriores suficientes y cumple los requisitos, podr¨¢ percibir el paro o sino el subsidio por desempleo por cotizaci¨®n insuficiente.
Si este trabajador cumple 30 a?os y sigue trabajando con su padre o madre y presentan ante la Tesorer¨ªa General de la Seguridad Social la declaraci¨®n de ambos (la del progenitor y la suya), en la que haga constar su condici¨®n como persona trabajadora por cuenta ajena, podr¨¢ a partir de entonces cotizar por desempleo.