Subsidios por desempleo del SEPE: ?cuentan los ingresos de mi pareja para solicitarlos?
En funci¨®n de la ayuda que se quiera pedir, el SEPE tendr¨¢ en cuenta los ingresos del solicitante o tambi¨¦n los de los dem¨¢s miembros de la unidad familiar.

Para tener derecho a cualquiera de los subsidios por desempleo que ofrece el Servicio P¨²blico de Empleo Estatal (SEPE), el beneficiario debe obtener ingresos inferiores al 75% del Salario M¨ªnimo Interprofesional (SMI), que en 2021 est¨¢ fijado en 950 euros mensuales en 14 pagas. Sin embargo, a veces puede surgir la duda de si se tienen en cuenta tambi¨¦n las rentas de la pareja o del resto de miembros de la unidad familiar. Pues bien, esto depende de la ayuda o subsidio que se vaya a solicitar.
Ayudas que tienen en cuenta los ingresos de la unidad familiar
Para acceder a la mayor¨ªa de subsidios del SEPE, es necesario que la persona que solicita la ayuda ¡°tenga responsabilidades familiares¡±, que hacen referencia a tener un c¨®nyuge a cargo o tener hijos menores de 26 a?os. Tambi¨¦n entran como carga familiar los hijos mayores de esa edad con discapacidad, o los menores acogidos. Algunas prestaciones y ayudas solo piden este requisito: la prestaci¨®n contributiva; el subsidio por cotizaci¨®n insuficiente; el subsidio para mayores de 45 a?os sin responsabilidades familiares y que acaban de agotar su prestaci¨®n contributiva; el subsidio para emigrantes retornados; el subsidio por revisi¨®n de incapacidad y el subsidio para liberados de prisi¨®n.
Sin embargo, hay otras prestaciones, como la ayuda familiar o en el subsidio extraordinario por desempleo (SED), que tambi¨¦n exigen que haya carencia de rentas de la unidad familiar. En este caso, se tendr¨ªa que cumplir que, una vez sumado el total de ingresos obtenidos por todos los miembros de la unidad familiar, y dividido entre el n¨²mero total de miembros, el resultado sea menor a los 712,50 euros mensuales, que equivaldr¨ªan al 75% del SMI.
Por su parte, hay ayudas para las que no es obligatorio tener familiares a cargo, pero s¨ª se tienen en cuenta las rentas de los miembros de la unidad familiar. Entra dentro de esta categor¨ªa la Renta Activa de Inserci¨®n (RAI).
Respecto a las parejas de hecho, muy extendidas en la actualidad, el SEPE explica que la pareja del solicitante o beneficiario ¡°no forma parte de la unidad familiar de esta, por lo que no puede ser considerada como responsabilidad familiar de la misma¡±. Asimismo, precisa que ¡°si usted tiene pareja de hecho, los hijos e hijas de su pareja no podr¨¢n alegarse como carga ni podr¨¢n tenerse en cuenta sus ingresos para determinar si usted tiene responsabilidades familiares¡±.