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El Constitucional anula el primer estado de alarma: ?qu¨¦ pasa con las multas y sanciones?
Seg¨²n los datos ofrecidos por el Ministerio del Interior, casi el 90% de los expedientes siguen sin concretarse en castigo.
Este mi¨¦rcoles 14 de julio se ha hecho p¨²blico que el Tribunal Constitucional ha declarado ilegal el primer estado de alarma, decretado durante la primera ola de la pandemia de coronavirus en marzo de 2020. La sentencia todav¨ªa no se ha distribuido, lo que hace impredecibles las consecuencias de la decisi¨®n.
En principio, uno de los primeros efectos es que todas las multas impuestas durante este periodo quedar¨ªan sin efecto. En esos meses se pusieron 1,2 millones de sanciones, pero tras esta decisi¨®n pasar¨ªan a quedar autom¨¢ticamente anuladas. Esto afectar¨ªa incluso a las que ya ten¨ªan sentencia firme, tal y como se?al¨® Pedro Gonz¨¢lez-Trevijano, uno de los magistrados del Tribunal Constitucional.
90% de multas sin sanci¨®n
Durante el primer estado de alarma y los cuatro primeros meses del segundo, se notificaron 1.370.164 multas. 506.135 fueron realizadas por la Polic¨ªa Nacional, 495.600 por polic¨ªas locales y 368.429 por la Guardia Civil. Pero seg¨²n los datos ofrecidos por el Ministerio del Interior, ¨²nicamente han culminado su tramitaci¨®n con sanci¨®n un total de 152.934. Es decir, casi el 90% de los expedientes siguen sin concretarse en castigo.
Se abrir¨ªan as¨ª dos caminos te¨®ricos para las multas ya expedidas. Las que no hayan sido abonadas, quedar¨ªan sin efecto aunque sobre ellas haya ya una sentencia firme de un tribunal anterior. Y respecto a las que ya hayan sido pagadas, el sancionado deber¨ªa reclamarle a la Administraci¨®n la devoluci¨®n del dinero.
Sin indemnizaci¨®n
Pero hay un elemento al que la sentencia del Tribunal Constitucional s¨ª cierra la puerta: la reclamaci¨®n de da?os y perjuicios por parte de los negocios que tuvieron que cerrar. Aunque el confinamiento ha sido declarado ilegal, los propietarios de los establecimientos no podr¨¢n reclamar al Estado una indemnizaci¨®n por esta decisi¨®n pol¨ªtica.
Tal y como informa El Espa?ol, el fallo de los magistrados considera que la pandemia es lo que realmente ha provocado la merma en los ingresos. Por tanto, deben ser los due?os de los locales quienes soporten el coste ocasionado por la crisis sanitaria de la COVID-19.
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