La OCDE pide que se aumente el IVA: qu¨¦ productos o qu¨¦ tramos tocar¨ªa
La Organizaci¨®n para la Cooperaci¨®n y el Desarrollo, en su informe sobre Espa?a, expresa la necesidad de aumentar el IVA una vez que se inicie la recuperaci¨®n econ¨®mica.

La Organizaci¨®n para la Cooperaci¨®n y el Desarrollo (OCDE) ha publicado este jueves su estudio econ¨®mico sobre Espa?a. En este documento se refleja la actual situaci¨®n y los problemas que se deben tener en cuenta respecto a la econom¨ªa. Y aunque habla de una mejora de las previsiones de crecimiento a pesar de la pandemia, manda un aviso: es necesaria una reforma fiscal.
?sta, indican, no debe llegar de forma inmediata, puesto que es necesario que la recuperaci¨®n est¨¦ "firmemente en marcha". Pero llegado el momento, desde el organismo se pide al Gobierno una reacci¨®n, que pasar¨ªa por incrementar los ingresos por los Impuestos sobre el Valor A?adido (IVA). La OCDE se?ala que son inferiores a la media de la Uni¨®n Europea.
Concretamente, sobre la mesa est¨¢ la eliminaci¨®n o limitaci¨®n de los tipos reducido (10%) y superreducido (4%). Un aspecto con el que est¨¢n de acuerdo tanto el Banco de Espa?a como la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF). "Los beneficios fiscales, las exenciones, deducciones y tipos reducidos suponen una p¨¦rdida de ingresos y distorsionan la eficacia del sistema fiscal en Espa?a", se?ala el informe de la OCDE.
IVA superreducido: productos a los que afecta
La Ley del IVA de 29/12/1992, en su art¨ªculo 91, establece las "entregas, adquisiciones intracomunitarias o importaciones" que se deben gravar con este impuesto del 4%. Son b¨¢sicamente productos de primera necesidad.
- Productos b¨¢sicos: pan, harinas, leche, queso, huevos, frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tub¨¦rculos y cereales.
- Libros, peri¨®dicos y revistas "incluso cuando tengan la consideraci¨®n de servicios prestados por v¨ªa electr¨®nica, que no contengan ¨²nica o fundamentalmente publicidad".
- Medicamentos de uso humano.
- Veh¨ªculos de personas con movilidad reducida y sillas de ruedas para uso de personas con discapacidad.
- Veh¨ªculos destinados a usarse como autotaxis o autoturismos para el transporte de personas con discapacidad en silla de ruedas.
- Pr¨®tesis, ortesis e implantes internos.
- Viviendas de protecci¨®n oficial de r¨¦gimen especial o promoci¨®n p¨²blica.
- Servicios de reparaci¨®n de veh¨ªculos de sillas de ruedas para personas con discapacidad y de adaptaci¨®n de autotaxis y autoturismos.
- Arrendamientos con opci¨®n de compra de edificios o partes de los mismos destinados solo a viviendas de protecci¨®n oficial.
- Servicios de teleasistencia, ayuda a domicilio, centro de d¨ªa y de noche y de atenci¨®n residencial a personas dependientes.
Iva reducido: a qu¨¦ productos afecta
En la zona media entre el IVA normal del 21% y el superreducido del 4% se encuentra el reducido, del 10%. ?ste grava los productos y servicios a nivel general.
- Alimentos para la nutrici¨®n animal o vegetal, excepto bebidas alcoh¨®lica y tabaco.
- Animales, vegetales y otros productos destinados a obtener comida.
- Bienes para actividades agr¨ªcolas, forestales o ganaderas: semillas, fertilizantes, residuos, etc.
- Agua apta para el consumo humano, animal o para el riego.
- Medicamentos de uso veterinario.
- Art¨ªculos de higiene ¨ªntima: compresas, tampones, preservativos, anticonceptivos, etc.
- Equipos m¨¦dicos y aparatos dise?ados para tratar deficiencias f¨ªsicas, mentales, intelectuales o sensoriales.
- Edificios o partes que se usen como viviendas, incluidas las plazas de garaje.
- Flores, plantas o semillas.
- Transporte de viajeros y sus equipajes.
- Servicios de hosteler¨ªa y restaurantes.
- Servicios de limpieza de v¨ªas p¨²blicas.
- Recogida y tratamiento de la basura, tratamiento de aguas residuales.
- Bibliotecas, centros de documentaci¨®n, museos, galer¨ªas de arte, cines, teatros y conciertos.
- Obras de renovaci¨®n y reparaci¨®n en edificios de viviendas.
- Alquileres con opci¨®n de compra destinados a viviendas.