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Fin a la lista de perros peligrosos: ?qu¨¦ razas son los PPP y c¨®mo funcionar¨¢ la nueva normativa?

Ryhor Bruyeu

El Gobierno tiene previsto modificar la Ley 50/99 para evaluar el comportamiento de cada animal "sin tener en cuenta la raza concreta con la que ha nacido".

La Ley 50/99 es la encargada de regular en Espa?a la tenencia de perros potencialmente peligrosos, pero el Gobierno tiene previsto modificarla. As¨ª, el anteproyecto desarrollado por el Ejecutivo pretende evaluar el comportamiento de cada animal "sin tener en cuenta la raza concreta con la que ha nacido" y evitar as¨ª prejuicios "injustos".

La regla establecer¨¢ un mecanismo de validaci¨®n en funci¨®n del comportamiento de cada animal. Adem¨¢s, la nueva norma prev¨¦ que aquellos animales que necesiten alg¨²n "manejo particular" sean educados con t¨¦cnicas de mejora de su comportamiento para que dejen de ser peligrosos.

Homogeneizar las 17 normativas

Sergio Garc¨ªa Torres, director general de Derechos Animales del Gobierno, lo desvel¨® durante unas jornadas organizadas por la Real Sociedad Canina Espa?ola. Precisamente, esta organizaci¨®n ha solicitado una nueva ley que universalice la identificaci¨®n canina, la educaci¨®n con ni?os y j¨®venes en valores que fomenten el respeto y la empat¨ªa animal, la protecci¨®n y fomento de razas aut¨®ctonas y el reconocimiento al trabajo de los criadores ¨¦ticos.

Aunque todav¨ªa se trata de un borrador, se intentar¨¢ homogeneizar las 17 normativas auton¨®micas existentes para crear un marco de actuaci¨®n com¨²n. Tambi¨¦n est¨¢ previsto que se incluya un Sistema de Registro de Protecci¨®n Animal, con el que se establecer¨¢n diferentes m¨¦todos de identificaci¨®n.

Otra de las novedades anunciadas por Garc¨ªa Torres est¨¢ relacionada con la creaci¨®n de un Registro Nacional de Criadores de Compa?¨ªa. En ¨¦l, se incorporar¨¢n tanto a profesionales como aficionados, pero solamente los que est¨¦n incluidos en esa lista podr¨¢n ser calificados como criadores oficiales.

M¨¢s dureza con los maltratadores

Las personas condenadas por maltrato tampoco podr¨¢n inscribir a ning¨²n animal a su nombre, ya que estar¨¢n anotados en el Registro Nacional de Inhabilitaci¨®n para la Tenencia de Animales de Compa?¨ªa. Igualmente, se pretende aumentar las penas por estos delitos, que en la actualidad tienen un m¨¢ximo de 18 meses de c¨¢rcel.

Por ¨²ltimo, est¨¢ previsto tambi¨¦n que el proyecto de ley modifique el C¨®digo Civil para que se reconozca a los animales como 'seres sintientes' y seguir la l¨ªnea marcada por el Tratado de Lisboa.

?Cu¨¢les son los perros potencialmente peligrosos (PPP)?

En la actualidad, las razas consideradas como PPP est¨¢n recogidas en la Ley 50/99, desarrollada a trav¨¦s del Real Decreto 287/2002:

  • Pit Bull Terrier
  • Staffordshire Bull Terrier
  • American Staffodshire Terrier
  • Rottweiler
  • Dogo Argentino
  • Fila Brasileiro
  • Tosa Inu
  • Akita Inu

La norma explica que tambi¨¦n se considerar¨¢n peligros aquellos que cumplan todas o la mayor¨ªa de las siguientes caracter¨ªsticas:

  • Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuraci¨®n atl¨¦tica, agilidad, vigor y resistencia
  • Marcado car¨¢cter y gran valor
  • Pelo corto
  • Per¨ªmetro tor¨¢cico comprendido entre 60 y 80 cent¨ªmetros, altura a la cruz entre 50 y 70 cent¨ªmetros y peso superior a 20 kg
  • Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cr¨¢neo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mand¨ªbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda
  • Cuello ancho, musculoso y corto
  • Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto
  • Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ¨¢ngulo moderado.