HACIENDA

Ayuda por cese de actividad de aut¨®nomos: ?en qu¨¦ casos hay que devolverla y por qu¨¦?

ARRABAL-AID

Este tipo de ayuda seguir¨¢ vigente hasta finales de mayo. Para poder solicitarla hay que acreditar ingresos en el primer trimerstre por debajo de una cantidad l¨ªmite.

Durante los primeros meses de pandemia especialmente, la mayor¨ªa de negocios tuvieron que bajar la persiana para cortar de ra¨ªz la cadena de contagios por coronavirus. Con motivo de asistir a aquellos que tuvieron que poner fin a su actividad, el Gobierno lanz¨® una serie de ayudas para trabajadores aut¨®nomos.

Estas ayudas seguir¨¢n hasta el pr¨®ximo d¨ªa 31 de mayo, despu¨¦s de que el Ejecutivo as¨ª lo acordara con las tres organizaci¨®n de aut¨®nomos m¨¢s importantes a escala nacional: la Asociaci¨®n de Trabajadores Aut¨®nomos (ATA), la Uni¨®n de Profesionales y Trabajadores Aut¨®nomos (UPTA) y la Uni¨®n de Asociaciones de Trabajadores Aut¨®nomos y Emprendedores (UATAE). De esta forma, los trabajadores por cuenta propia afectados por la pandemia del coronavirus pueden solicitar hasta cuatro subsidios.

Para ello, hay que cumplir con algunos requisitos, como presentar la acreditaci¨®n de que durante el primer semestre de 2021 no se supera una cantidad concreta de rendimientos netos, con excepci¨®n de los que han tenido que cerrar definitivamente el negocio. Por tanto, hay que tener cuidado de no superar un umbral m¨ªnimo si no queremos llevarnos un susto. En caso de percibir unos rendimientos netos (ingresos menos los gastos deducibles) por encima de lo establecido, se deber¨¢ devolver tanto la ayuda percibida como las cuotas exoneradas. El total, seg¨²n Aut¨®nomos y Emprendedor, podr¨ªa alcanzar los 3.700 euros.

De enero a junio: menos de 7.980€

El Real Decreto-ley 2/2021, con fecha 26 de enero, establece las condiciones para solicitar esta ayuda para trabajadores por cuenta propia. "El acceso a la prestaci¨®n exigir¨¢ acreditar en el primer semestre de 2021 una reducci¨®n de los ingresos computables fiscalmente de la actividad por cuenta propia de m¨¢s del 50 % de los habidos en el segundo semestre de 2019; as¨ª como no haber obtenido durante el semestre indicado de 2021 unos rendimientos netos computables fiscalmente superiores a 7.980 euros". Para llevar unas cuentas m¨¢s o menos actualizadas, esto supondr¨ªa una media de 1.330 euros al mes en el primer semestre de 2021.