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?Pueden los aut車nomos desgravarse los gastos del teletrabajo?
Hacienda establece que los trabajadores por cuenta propia no pueden deducir estos gastos al tratarse de "una circunstancia ocasional y excepcional".
A ra赤z de la pandemia de COVID-19 muchos aut車nomos se han visto obligados a trasladar la oficina a su domicilio, con el incremento de gastos que esto puede conllevar. Esta situaci車n llev車 a una trabajadora aut車noma a preguntar a Hacienda si podr赤a deducir los gastos adicionales derivados de suministros como la luz o la conexi車n a internet. La respuesta ofrecida por la Direcci車n General de Tributos fue negativa, alegando que los aut車nomos no pueden desgravarse estos gastos porque se trata de una "circunstancia ocasional y excepcional".
La ley y su aplicaci車n al teletrabajo
La Direcci車n General de Tributos explica que el art赤culo 30.2.5?.b) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas F赤sicas y de modificaci車n parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, determina que los trabajadores por cuenta propia tienen derecho a deducirse los gastos de suministros de su vivienda, tales como agua, gas, electricidad, telefon赤a e Internet, en el porcentaje resultante de aplicar el 30% a la proporci車n existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total, salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior.
Por su parte, el organismo oficial expone en su respuesta que "de acuerdo con esta regulaci車n, para que determinados suministros de la vivienda habitual del contribuyente puedan tener la consideraci車n de gastos deducibles de una actividad econ車mica desarrollada por 谷l, es necesario que la vivienda habitual se encuentre parcialmente afecta a la actividad". Sin embargo, en el caso expuesto no se cumple este requisito, ya que la vivienda habitual "no se encuentra parcialmente afecta a la actividad, siendo la utilizaci車n de la misma en el desarrollo de la actividad motivada por una circunstancia ocasional y excepcional". Como consecuencia, "no se podr芍n deducir los gastos por suministros citados en la consulta", concluyen desde el organismo.
Enfado de los aut車nomos
La Asociaci車n de trabajadores aut車nomos (ATA) no tard車 en manifestarse tras esta negativa para mostrar su descontento. Su presidente, Lorenzo Amor, critic車 a trav谷s de un v赤deo publicado en Twitter la postura de la Agencia Tributaria era "una absoluta discriminaci車n hacia los aut車nomos con respecto a los trabajadores asalariados". Por ello, considera que "la Agencia Tributaria y la Direcci車n General de Tributos tienen que rectificar".
"No parece l車gico que los trabajadores est谷n en este momento teletrabajando y las empresas puedan deducir los gastos ocasionados por este teletrabajo", mientras que los aut車nomos, "que se han sido obligados a confinarse por orden administrativa y ha reducir su horario de actividad", deban correr con unos gastos adicionales que no pueden deducirse.
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