Ayudas para alquiler por COVID: de cu¨¢nto son, c¨®mo solicitar y hasta cu¨¢ndo dura la pr¨®rroga
El Consejo de Ministros ha decidido prorrogar los contratos de alquiler para las personas sin recursos por la COVID-19 hasta el final del estado de alarma.

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un nuevo periodo para poder prorrogar los contratos de alquiler con motivo de la crisis ocasionada por la pandemia de la COVID-19. Una acci¨®n que, de no haber extendido su periodo, hubiera acabado el pr¨®ximo 31 de enero.
Mar¨ªa Jes¨²s Montero, ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, ha explicado el por qu¨¦ de la extensi¨®n de esta medida en una rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros: ¡°Buscamos proteger a las personas con m¨¢s dificultades por la crisis y los colectivos m¨¢s vulnerables. Intentamos seguir teniendo en plena vigencia que nadie se quede atr¨¢s y que los que necesitan una mayor capacidad de ayuda la puedan obtener del conjunto de poderes p¨²blicos¡±, ha dicho la ministra.
Hasta el fin del estado de alarma
La nueva pr¨®rroga durar¨¢ hasta el pr¨®ximo 9 de mayo, fecha en la que finalizar¨¢ el estado de alarma establecido por el Gobierno como medida contra la pandemia del coronavirus. Con esta nueva ampliaci¨®n, el precio actual del alquiler y las condiciones de los contratos de arrendamiento de la vivienda habitual seguir¨¢n vigentes durante un periodo m¨¢ximo pr¨®ximos seis meses siempre y cuando el inquilino lo solicite a su arrendador.
Esta medida para garantizar la vivienda a aquellas personas sin recursos se contempl¨® en un primer momento hasta el 30 de septiembre. Luego se prorrog¨® hasta el 31 de enero y ahora se vuelve a extender autom¨¢ticamente hasta el final del estado de alarma, dejado para el pr¨®ximo 9 de mayo de 2021.
Reducci¨®n del 50% o aplazamiento del pago
Por lo tanto, las personas interesadas en mantener su actual contrato de alquiler, con los mismos t¨¦rminos y condiciones establecidos en el acuerdo en vigor, podr¨¢n solicitar la ayuda hasta el 9 de mayo por un periodo m¨¢ximo de seis meses. El arrendador estar¨¢ obligado a mantener el contrato, a no ser que acuerde con el inquilino unos t¨¦rminos diferentes.
Durante este periodo, el propietario de la vivienda ofrecer¨¢ al inquilino la posibilidad de la reducci¨®n del 50% de la mensualidad del alquiler o bien el aplazamiento del pago. En este ¨²ltimo supuesto, el arrendatario?deber¨¢ devolver el coste del alquiler a su arrendador de forma fraccionada sin ning¨²n tipo de penalizaci¨®n ni intereses.?
Cuant¨ªa de las ayuda
Tal y como explican desde la p¨¢gina web del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, tambi¨¦n hay cuant¨ªas de ayuda para el alquiler que variar¨¢n en funci¨®n de la edad y el salario de los inquilinos:
-Con car¨¢cter general: hasta el 40% de la renta mensual.
-Mayores de 65 a?os: hasta el 50% de la renta mensual.
-Ayuda hasta el 30% del alquiler en el tramo comprendido entre 601 y 900 euros en determinados ¨¢mbitos a definir por las comunidades aut¨®nomas.
Solicitud
Cada comunidad aut¨®noma acreditar¨¢ estar en situaci¨®n de vulnerabilidad econ¨®mica y social sobrevenida a consecuencia del COVID-19 para las ayudas al alquiler de la vivienda. Por ello, el interesado deber¨¢ acudir al sitio web del Gobierno de Espa?a y seleccionar su comunidad.