Aut¨®nomos: qu¨¦ modelos se deben presentar en Hacienda antes del 20 de enero
Con el inicio de a?o llegaba una fecha clave para estos, teniendo que presentar impuestos anuales y modelos trimestrales. Estos son los inminentes.
El 2021 comienza ya con tarea para los aut¨®nomos, que despu¨¦s de la Navidad se citan con Hacienda para presentar los impuestos anuales, al margen de los modelos trimestrales que se han ido presentando durante el a?o. En este mes de enero son muchos los modelos que hay que presentar.
Para antes del 20 de enero, es decir, para ya, hay cuatro modelos que son necesarios, mientras que antes del 30 de enero se deben presentar otros seis y antes del 31 otros cinco. Los primeros, los m¨¢s inmediatos, corresponden al cuarto trimestre del a?o.
El modelo 111
Con este modelo se realiza la declaraci¨®n trimestral de las retenciones del IRPF con trabajadores, profesionales y empresarios. Es decir, se declara a Hacienda lo que no se ha pagado a los trabajadores en n¨®mina o a profesionales en la factura. Ser¨ªa entregarlo en nombre de estos a Hacienda.
El modelo 115
Es uno de los m¨¢s conocidos para aquellos que alquilan un local para realizar una actividad. Se presenta trimestralmente a Hacienda y sirve para informar del precio a pagar por el alquiler de tu oficina y para ingresar la cuota de IRPF derivada del mismo.
Con este modelo declaras a Hacienda las retenciones de este pago e informas sobre la cantidad que has dejado de pagar al arrendador, que es el que alquila, ya sea a cuenta del IRPF o el Impuesto sobre Sociedades.
El modelo 123 y el 368
El primero sirve para hacer la declaraci¨®n en la que se liquidan las retenciones de ingresos, ya sea por el IRPF, por el Impuesto de Sociedades o por el Impuesto sobre la Renta de no residentes de algunos rendimientos del capital mobiliario y determinadas rentas.
El modelo 368, por su parte, es necesario en caso de dedicarte a la exportaci¨®n de productos digitales y servicios a pa¨ªses europeos, o bien si al menos una parte de tus clientes est¨¢n en Europa, sin ser necesaria su totalidad.
Otros modelos del mes de enero
Antes del d¨ªa 30 los modelos necesarios son el 130, el 131, el 390, el 303, el 309 y el 349. Entre otras cosas, con estos realizas la autoliquidaci¨®n del pago fraccionado del IRPF, el resumen anual de las operaciones relativas a la liquidaci¨®n del IVA, la declaraci¨®n trimestral del IVA, control de las compraventas durante el ¨²ltimo trimestre a cualquier profesional de la Uni¨®n Europea, o autoliquidaciones no peri¨®dicas de IVA.
Por otro lado, un d¨ªa despu¨¦s, antes del 31 de enero, hay que entregar los modelos 179, 180, 184, 190 y 191. Con ellos se informa de las retenciones a los alquileres de inmuebles urbanos, las retenciones en el IRPF, las retenciones de rendimientos de capital mobiliario, o en caso de tener alguna vivienda en alquiler para fines tur¨ªsticos, entre otras cosas.
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