Faltar al trabajo por la nieve: en qu谷 casos me pueden sancionar y c車mo presentar un justificante laboral
Las empresas no pueden sancionar a los trabajadores que no acudan a trabajar en condiciones similares como las producidas por la borrasca Filomena.
El art赤culo 47 del Estatuto de los Trabajadores concluye que las empresas no pueden sancionar a los trabajadores que no acudan a sus puestos laborales por causas meteorol車gicas similares a las de la borrasca Filomena, tal y como ha explicado Comisiones Obreras-Madrid en su cuenta oficial de Twitter.
El apartado citado hace referencia a que el contrato de trabajo puede suspenderse puntualmente por motivos graves y justificables. Las nevadas que han colapsado las carreteras de muchas ciudades de Espa?a se podr赤an considerar, por lo tanto, un motivo justificable y puntual, seg迆n el sindicato.
?C車mo se compensa?
Sin embargo, a pesar de que el Estatuto de los Trabajadores protege a los empleados en estas circunstancias, no incluye la forma en la que los empresarios pueden compensar la ausencia del trabajador. Por ello, se contemplan varias opciones, como pueden ser el no abono del sueldo correspondiente a ese d赤a, la recuperaci車n de las horas fuera del horario laboral o el teletrabajo.
Una de las posibles soluciones que no se puede plantear es sustituir ese d赤a no trabajado por uno de vacaciones, pues estos d赤as de descanso est芍n recogidos en la legislaci車n laboral y la empresa debe respetarlos.
Justificante
Lo que s赤 puede hacer la empresa es obligar al trabajador a presentar un justificante que acredite el motivo por el que no ha podido acudir a su puesto de trabajo. La abogada de Comisiones Obreras-Madrid, Eva Urbano, ha indicado que habitualmente las situaciones que justifican una ausencia al trabajo son de dominio p迆blico, por lo que pueden chequearse de forma sencilla en cualquier medio.
No obstante, la solicitud del justificante se ha de pedir en la administraci車n p迆blica correspondiente, bien en el ayuntamiento de la localidad que ten赤a sus carreteras cortadas o bien en la comunidad aut車noma, si es esta la que las gestiona.
Similar es el caso de los cierres de los colegios. En caso de no tener a nadie que se ocupe de los hijos, el trabajador tendr芍 que solicitar al centro o a la Consejer赤a de Educaci車n un escrito que verifique que la escuela estaba cerrada.